Abogados de incapacidades permanentes en Madrid

Cuando tu salud ya no te permite seguir, el sistema te exige pruebas. En Javaloyes te ayudamos a demostrar en Madrid lo que tu cuerpo ya ha dejado claro.
Abogados de Javaloyes Legal interactúan con una clienta, mostrando cercanía y trato humano en el despacho.

Despacho líder en incapacidades laborales en Madrid

Hay un momento en el que ir a trabajar ya no es “ir”: es sobrevivir a cada jornada, una batalla diaria contra tu propio cuerpo. Cuando ese punto llega, el sistema te pide pruebas, no explicaciones.

Te citan, te evalúan y deciden sobre tu futuro en una valoración médica del INSS, donde el dolor, la fatiga o el daño psicológico no siempre encajan en una casilla marcada.

En Javaloyes entramos ahí donde otros se quedan fuera. Traducimos tu realidad en argumentos que la Seguridad Social y los juzgados de Madrid sí escuchan. Y si ya te han dicho que no, empezamos justo donde ellos dieron el caso por cerrado.

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Contacta sin compromiso

Te escucharemos para conocerte y analizar tu situación. Valoraremos una primera consulta informativa sin coste. Queremos que tomes decisiones informadas, con honestidad desde el primer minuto.

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Evaluamos los detalles de tu caso

Si tu caso es viable, te explicamos las opciones legales y el coste con total transparencia. Trabajamos solo en lo que dominamos y siempre con presupuesto claro, sin sorpresas ni letra pequeña.

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Representación a tu medida

Cada caso es distinto, por eso diseñamos una estrategia legal pensada solo para ti. Si hay margen para una solución extrajudicial, la exploramos. Y si hay que litigar, lo hacemos con rigor.

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Te acompañamos hasta el final

Una vez definido el camino, preparamos tu caso a fondo: analizamos todo y construimos los argumentos. Y lo más importante, te acompañamos en cada paso para que entiendas el proceso y te sientas seguro.

Grados de incapacidad permanente y cuantías

El sistema español de Seguridad Social reconoce distintos grados de incapacidad permanente, en función del impacto real que la enfermedad o lesión tiene sobre la capacidad para trabajar. No basta con “tener un diagnóstico”: lo determinante es la limitación funcional y su repercusión concreta en el desempeño profesional.

Además, el grado reconocido no solo define si puedes o no trabajar, sino también qué cantidad económica corresponde. En este punto, es importante entender la la cuantía de una incapacidad permanente no depende solo del diagnóstico médico, sino de un cálculo legal basado en la base reguladora, el origen de la contingencia y el grado reconocido.

  • La incapacidad permanente parcial se concede cuando existen limitaciones definitivas que reducen el rendimiento laboral, pero permiten continuar en la profesión habitual. Da derecho a una indemnización única, generalmente equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

  • La incapacidad permanente total impide desempeñar la profesión habitual, aunque permite trabajar en otra distinta compatible con las limitaciones. Genera una pensión del 55% de la base reguladora, que puede incrementarse al 75% en casos de especial dificultad para acceder a otro empleo (total cualificada).

  • La incapacidad permanente absoluta se reconoce cuando las secuelas impiden realizar cualquier tipo de trabajo con un mínimo de profesionalidad, continuidad y rendimiento. Conlleva una pensión del 100% de la base reguladora.
  • La gran invalidez se concede en los casos más graves, cuando además de no poder trabajar, la persona necesita la ayuda de terceros para los actos esenciales de la vida diaria. Incluye el 100% de la base reguladora más un complemento por necesidad de asistencia.

Cada grado de incapacidad permanente exige requisitos médicos  distintos, y no basta con “tener un diagnóstico”: importa cuánto limita realmente tu vida laboral. Por eso, en Javaloyes trabajamos desde nuestro enfoque de Bienestar Legal 360º, para que tu caso se entienda en su totalidad y se defienda con rigor, empatía y una estrategia sólida desde el primer momento.

Enfermedades que pueden dar derecho a una incapacidad

No existe una lista cerrada de patologías que automáticamente generen una incapacidad permanente en Madrid. Lo decisivo es que la enfermedad o lesión produzca limitaciones funcionales objetivables, persistentes y clínicamente acreditadas, que impidan mantener el rendimiento exigible en el trabajo habitual (o en cualquier trabajo, según el grado).

Entre las patologías más frecuentes en procedimientos de incapacidad, destacan:

  • Incapacidad laboral por edema óseo: puede provocar dolor persistente, inflamación y limitación funcional que impide mantener bipedestación prolongada, cargas o esfuerzos, especialmente en trabajos físicos.

  • Incapacidad laboral por poliartralgias: cuando el dolor en múltiples articulaciones se acompaña de rigidez y pérdida de movilidad, puede limitar tareas repetitivas, posturas mantenidas o trabajos manuales.

  • Incapacidad por protusiones discales en L4-L5 y L5-S1: las protusiones pueden generar lumbociática, limitación para cargar peso, permanecer sentado o de pie y empeoramientos recurrentes, con impacto real en profesiones con exigencia postural.

  • Incapacidad permanente por hernia cervical 

  • Incapacidad permanente por artrosis
  • Enfermedades degenerativas y crónicas: como artrosis severa, espondilolistesis, estenosis de canal, fibromialgia, trastornos neurológicos o patologías incapacitantes de larga evolución.

  • Trastornos psicológicos graves: como depresión mayor, trastorno de ansiedad incapacitante, trastorno adaptativo severo o estrés postraumático, cuando se acreditan con informes clínicos y se demuestra repercusión funcional sostenida.

  • Cardiopatía isquémica e insuficiencia cardíaca, en escenarios donde la limitación funcional, la fatigabilidad y el riesgo clínico hacen inviable desempeñar tareas con exigencia física o estrés mantenido.

Cómo te ayudamos a conseguir una incapacidad permanente

Abordar una incapacidad permanente no consiste únicamente en reunir informes médicos. Es un proceso jurídico complejo, donde cada paso debe estar alineado con una estrategia clara desde el inicio.

En nuestro despacho convertimos tu situación clínica en una defensa jurídica estructurada, comprensible para la Administración y, si es necesario, para los tribunales. Analizamos tu historial médico, tu trayectoria laboral y el impacto real de la patología en tu capacidad de trabajo, con un enfoque médico-legal.

Te acompañamos en todas las fases del procedimiento:

  • Valoración inicial de viabilidad, para determinar si concurren los requisitos médicos y jurídicos exigidos por la ley.

  • Preparación y presentación de la solicitud ante el INSS, definiendo correctamente la contingencia y el grado reclamado.

  • Revisión y coordinación de los informes médicos clave, orientándolos a criterios funcionales y laborales, no solo diagnósticos.

  • Impugnación de resoluciones denegatorias, mediante reclamación previa y, en su caso, demanda judicial.

  • Asistencia letrada en juicio, trabajando de forma coordinada con peritos médicos especializados.

  • Solicitud de revisión de grado en supuestos de agravamiento o evolución desfavorable de la patología.

Trabajamos habitualmente con personas que han sufrido accidentes laborales con secuelas, enfermedades degenerativas o crónicas, patologías físicas o psicológicas incapacitantes y recaídas tras altas médicas sin una recuperación real.

Nuestro objetivo es claro: que tu situación médica quede correctamente traducida al lenguaje jurídico que exige el sistema.

Evaluación del Tribunal Médico en Madrid

El Tribunal Médico (EVI) no es una simple revisión clínica. Es una fase decisiva del procedimiento, en la que se evalúa si las limitaciones existentes son compatibles o incompatibles con el trabajo, conforme a criterios médico-legales.

Desde el despacho preparamos esta cita como parte integral de la estrategia del caso. No se trata de “acudir a ver qué pasa”, sino de llegar con un expediente coherente, sólido y alineado con lo que el EVI valora realmente.

Nuestra intervención se centra en:

  • Preparar el expediente médico con informes recientes, consistentes y emitidos por los especialistas adecuados (traumatología, neurocirugía, reumatología, psiquiatría, entre otros).

  • Acreditar tratamientos realizados y ausencia de mejoría, especialmente en supuestos de dolor crónico, recaídas o tratamientos conservadores agotados.

  • Traducir la patología en limitaciones funcionales concretas, vinculándolas a las exigencias reales del puesto de trabajo (cargas, posturas, sedestación prolongada, atención mantenida, movilidad, etc.).

  • Evitar contradicciones entre informes médicos, declaraciones del interesado y lo observable en la exploración.

  • Aportar documentación laboral relevante, como descripciones del puesto, informes de prevención de riesgos, adaptaciones intentadas o historial de bajas prolongadas.

El foco del Tribunal Médico no es la enfermedad en abstracto, sino la capacidad laboral efectiva. Por eso, nuestra labor consiste en anticiparnos a esa valoración y presentar el caso con criterios técnicos, no improvisados.

Cuando el Tribunal Médico se afronta con una estrategia jurídica bien construida, deja de ser una cita incierta y se convierte en un paso controlado dentro del procedimiento de incapacidad permanente.

Cómo actuamos para prevenir una denegación de la incapacidad en Madrid

En los procedimientos en Madrid, muchas denegaciones de incapacidad permanente no se producen por falta de enfermedad, sino por errores de enfoque, carencias documentales o una valoración incompleta del INSS. En Javaloyes trabajamos con una visión preventiva, anticipándonos a esos riesgos desde el inicio del expediente para reducir al máximo la posibilidad de una resolución desfavorable.

Nuestro trabajo comienza con un análisis exhaustivo de la situación médica y laboral antes incluso de recibir la carta de resolución del INSS sobre incapacidad permanente, identificando qué aspectos pueden generar una denegación en Madrid y cómo corregirlos a tiempo. De este modo, cuando el INSS emite su resolución, el caso ya está construido con una base sólida.

En aquellos supuestos en los que la Seguridad Social en Madrid plantea objeciones o limitaciones en la valoración, actuamos de forma inmediata preparando la reclamación previa a la Seguridad Social por incapacidad laboral, no como un recurso reactivo, sino como una herramienta estratégica para reconducir el procedimiento y reforzar los puntos clave del expediente.

Nuestro enfoque preventivo en Madrid incluye:

  • Evaluación anticipada del riesgo de denegación, conforme a los criterios habituales del INSS en Madrid.

  • Preparación y refuerzo previo de la prueba médica, coordinándonos con especialistas para acreditar limitaciones funcionales claras y persistentes.

  • Definición de una estrategia jurídica desde el inicio, orientada a evitar resoluciones negativas o grados insuficientes.

  • Protección frente a futuras revisiones, anticipando los supuestos en los que el INSS puede revisar o retirar una incapacidad permanente total y dejando el expediente preparado para sostenerla en el tiempo.

Nuestro objetivo es que el procedimiento de incapacidad permanente en Madrid no se afronte desde la incertidumbre, sino desde la previsión y el control, integrando salud, trabajo y defensa jurídica en una estrategia de Bienestar Legal 360º que protege tu estabilidad presente y futura.

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años de experiencia

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Reseñas de 5 estrellas

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Profesionales asociados

Podemos ayudarte

En Javaloyes, estamos a tu lado en los momentos que más importan. Si te enfrentas a una situación legal que requiere experiencia y rigor, puedes confiar en nosotros. Nuestro equipo te atenderá con confidencialidad, empatía y buen criterio, ofreciéndote desde el primer contacto soluciones claras y adaptadas a tu caso.





    Preguntas frecuentes

    El **Tribunal Médico** es la denominación habitual con la que se conoce al **Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI)**, el órgano encargado de estudiar y valorar si una persona reúne los requisitos para que se le reconozca una incapacidad permanente.

    En la práctica, el EVI analiza informes médicos y antecedentes, valora las limitaciones funcionales y emite una propuesta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (**INSS**), que es quien finalmente dicta la resolución reconociendo o denegando la incapacidad.

    Para solicitar una **incapacidad permanente** es necesario acreditar, con carácter general, que existen **limitaciones físicas o psíquicas** previsiblemente definitivas que reducen o anulan la capacidad laboral.

    Además, según el tipo de incapacidad y la causa (enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo o enfermedad profesional), se exige cumplir requisitos de **alta o situación asimilada al alta**, así como **periodos mínimos de cotización** en determinados supuestos.

    En cualquier caso, el elemento clave es demostrar que las secuelas afectan de forma relevante al desempeño profesional, y que no se trata de una incapacidad temporal, sino de una situación estable o con escasas posibilidades de mejoría.

    Los documentos para solicitar una **incapacidad permanente** pueden variar según el caso, pero normalmente se requiere aportar la documentación médica y administrativa que permita acreditar tanto la patología como la situación laboral del solicitante.

    De forma habitual, conviene incluir: el **modelo oficial de solicitud**, informes médicos recientes (especialmente los de especialistas y pruebas diagnósticas), historial clínico relevante, informes de rehabilitación si existen, y documentación laboral (vida laboral, bases de cotización o datos de empresa, según proceda).

    Cuanta más **solidez y coherencia** tenga la documentación —y mejor refleje las limitaciones funcionales—, mayores garantías habrá de que el INSS valore correctamente el alcance de la incapacidad.