Encefalopatía hipóxico-isquémica y negligencias médicas

Negligencias médicas

La espera de un bebé es lo más hermoso que puede existir, pero todo esto puede cambiar por completo ante una encefalopatía hipóxico-isquémica (EHI). Ahora, la situación se centra en luchar a diario por el futuro de la nueva vida, por lo que es lógico que los padres sientan dolor y mucha preocupación. Si aunado a eso, se le añade la posibilidad de que se haya producido por una negligencia médica, es lógico que se quiera hacer una reclamación por justicia y con Javaloyes Legal esto es posible.

Con Javaloyes Legal no solo tendrás un equipo de asesoramiento jurídico sobre encefalopatía hipóxico-isquémica y negligencias médicas, sino también un aliado empático que te ayudará a superar este duro momento.

Pie de recién nacido con pulsera hospitalaria, relacionado con encefalopatía hipóxico-isquémica por falta de oxígeno.

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¿Qué es la encefalopatía hipóxico-isquémica (EHI)?

Se conoce como encefalopatía hipóxico-isquémica o EHI a una alteración neurológica del recién nacido causada por una reducción del aporte de oxígeno y del flujo sanguíneo al cerebro durante el periodo perinatal. Su gravedad puede variar y deberá determinarse mediante la valoración clínica y las pruebas correspondientes.

La EHI puede aparecer después de un episodio hipóxico-isquémico ocurrido antes, durante o poco después del nacimiento. Sin embargo, su aparición no significa por sí sola que haya existido una negligencia médica, por lo que será necesario analizar las circunstancias concretas del embarazo, parto y atención neonatal.

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Causas de la falta de oxígeno durante el parto

Entre las situaciones que pueden comprometer la oxigenación del feto durante el embarazo o el parto se encuentran:

  • Prolapso del cordón umbilical, que es cuando el cordón se desplaza, comprimiendo vasos y cortando el oxígeno. 
  • Desprendimiento de placenta, privando al feto de nutrientes vitales
  • Distocia de hombros: determinadas complicaciones durante su resolución pueden comprometer la oxigenación fetal si el nacimiento se prolonga
  • Hipertonía uterina, es decir, contracciones excesivas
  • Ruptura del útero

También existen factores maternos, fetales y obstétricos que pueden influir en el riesgo de hipoxia, como determinadas alteraciones placentarias, infecciones, complicaciones maternas o problemas que aparecen durante el trabajo de parto. Su presencia no significa necesariamente que vaya a producirse una EHI.

Durante el parto, la vigilancia del bienestar fetal deberá adaptarse a las circunstancias clínicas y al nivel de riesgo existente. Cuando esté indicada la monitorización fetal, un retraso injustificado en actuar ante signos relevantes o una interpretación inadecuada de los registros puede ser importante para valorar una posible negligencia médica

Consecuencias neurológicas de la EHI en el recién nacido

La encefalopatía hipóxico-isquémica deja secuelas graves en el recién nacido, dependiendo de su gravedad. La evolución dependerá de la gravedad de la encefalopatía y de las lesiones producidas. Algunos recién nacidos pueden evolucionar favorablemente, mientras que los casos moderados o graves presentan un mayor riesgo de secuelas neurológicas y alteraciones del neurodesarrollo.

La EHI leve puede manifestarse con irritabilidad, hiperexcitabilidad y alteraciones del tono muscular. En casos moderados, hay hipotonía, reflejos débiles y dificultad para despertar. Mientras que la EHI grave incluye estupor profundo, convulsiones frecuentes, respiración irregular y ausencia de respuesta a estímulos.

En los casos de mayor gravedad pueden aparecer alteraciones motoras, parálisis cerebral, epilepsia, dificultades cognitivas o sensoriales y otros trastornos del neurodesarrollo. La naturaleza y gravedad de las secuelas varían considerablemente de un paciente a otro.

Signos de alerta y diagnóstico precoz

La detección precoz resulta especialmente importante porque determinados recién nacidos con EHI moderada o grave pueden ser candidatos a hipotermia terapéutica, un tratamiento que debe iniciarse lo antes posible y, preferentemente, dentro de las primeras 6 horas de vida, cuando se cumplen los criterios clínicos establecidos. Por eso, es necesario vigilar el letargo, dificultad respiratoria o convulsiones en las primeras horas posparto. 

Para valorar una posible EHI se tienen en cuenta diferentes datos clínicos y pruebas, como el estado neurológico del recién nacido, la necesidad de reanimación, determinados resultados de gasometría y otros hallazgos relacionados con el parto. Una puntuación Apgar baja puede ser un dato relevante, pero no permite diagnosticar por sí sola una EHI ni determinar su causa.

Para valorar la gravedad de la EHI pueden utilizarse clasificaciones clínicas como la escala de Sarnat, junto con pruebas complementarias como el electroencefalograma y la resonancia magnética cerebral. Sin dejar de mencionar la importancia de que los profesionales de la salud actúen rápido y con diligencia. 

El examen neurológico inicial evalúa conciencia, tono muscular y reflejos en las primeras 6 horas. La resonancia magnética cerebral puede resultar fundamental para identificar lesiones compatibles con un daño hipóxico-isquémico y contribuir a establecer el pronóstico. El momento adecuado para realizarla dependerá de la evolución clínica y de los tratamientos recibidos.

El electroencefalograma (EEG) permite valorar la actividad eléctrica cerebral y detectar crisis epilépticas, incluidas aquellas que pueden no presentar manifestaciones clínicas evidentes. Esta información puede resultar importante para el seguimiento y tratamiento del recién nacido. Pero también se hacen análisis de gases de sangre y potenciales evocados auditivos por riesgo de sordera.  

César Jorge Lama Muñoz, abogado y economista especializado en negligencias médicas y gestión hospitalaria.

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¿Cuándo puede existir negligencia médica en casos de EHI?

La existencia de una EHI no significa por sí sola que haya existido una negligencia médica. Para determinar si existe responsabilidad será necesario analizar la asistencia prestada durante el embarazo, parto y periodo neonatal y comprobar si se produjeron fallos evitables durante el parto o una actuación contraria a la lex artis que pudiera haber causado o agravado el daño sufrido por el recién nacido.

Entre las situaciones que pueden resultar relevantes para valorar una posible negligencia se encuentran:

  • Una monitorización fetal inadecuada cuando estaba clínicamente indicada o una interpretación incorrecta de registros relevantes.
  • Un retraso injustificado en adoptar una intervención indicada ante signos de compromiso fetal.
  • Deficiencias en la reanimación neonatal cuando el recién nacido necesita asistencia inmediata.
  • Un retraso en reconocer una posible EHI moderada o grave y valorar la indicación de hipotermia terapéutica dentro de la ventana temporal adecuada.
  • La falta de realización de pruebas o controles clínicamente indicados para valorar el estado neurológico del recién nacido.

Ante una posible negligencia relacionada con una EHI, será importante solicitar y conservar la historia clínica completa de la madre y del recién nacido, ya que su análisis puede resultar fundamental para reconstruir la evolución del parto y la asistencia neonatal.

¿Cómo reclamar una indemnización por encefalopatía hipóxico-isquémica?

La vía para reclamar dependerá de si la asistencia se prestó en la sanidad pública o privada. En la sanidad pública podrá plantearse una reclamación de responsabilidad patrimonial frente a la Administración sanitaria. En la sanidad privada deberán analizarse las acciones civiles que correspondan frente a los posibles responsables.

Para eso, es necesario que las víctimas (en este caso los padres) reúnan todas las pruebas para demostrar que ha habido una negligencia médica.

Para analizar una posible negligencia resultará especialmente importante recopilar:

  • La historia clínica obstétrica y neonatal completa
  • Los registros de monitorización fetal o cardiotocografía disponibles
  • Los informes del parto y, en su caso, de la cesárea o parto instrumental
  • Las puntuaciones Apgar y las gasometrías de cordón o del recién nacido que se hayan realizado
  • Los registros de reanimación neonatal
  • La documentación relativa al ingreso en Neonatología/UCI y, en su caso, a la hipotermia terapéutica
  • Los EEG, resonancias y demás pruebas neurológicas
  • Un informe pericial médico que permita valorar la actuación sanitaria y su posible relación con el daño

En la sanidad pública, el derecho a reclamar responsabilidad patrimonial prescribe, con carácter general, al año. Cuando existen daños físicos o psíquicos, el plazo comienza desde la curación o desde la determinación del alcance de las secuelas, conforme al artículo 67 de la Ley 39/2015.

La cuantía de la indemnización deberá determinarse individualmente en función de los daños y secuelas acreditados, teniendo en cuenta, entre otros factores, las necesidades de asistencia y rehabilitación, la pérdida de autonomía, la ayuda de tercera persona, las adaptaciones necesarias y los perjuicios económicos que puedan derivarse del daño.

Contar con asesoramiento especializado puede ayudarte a determinar si existió una posible negligencia, valorar las consecuencias sufridas y reclamar, cuando proceda, la indemnización correspondiente. En Javaloyes Legal analizamos la documentación médica y las circunstancias del caso para determinar la vía más adecuada para defender los derechos del menor y de su familia.

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