Indemnización por negligencia médica

Negligencias médicas

A veces, un diagnóstico tardío, una operación fallida o una medicación incorrecta pueden alterar la vida de una persona y de su familia de un día para otro. En esos momentos, surge una necesidad legítima: comprender qué ha ocurrido y saber si existe derecho a una indemnización por negligencia médica.

En estas situaciones, sentirse acompañado y protegido es esencial para recuperar el control y defender nuestros derechos. Desde Javaloyes Legal te explicamos todos los detalles.

Médico muestra historial clínico a paciente, ilustrando la evaluación para una posible indemnización por negligencia médica.

Cuándo procede una indemnización por negligencia médica

La responsabilidad sanitaria nace cuando una actuación médica (o la falta de ella) provoca un daño que se podía haber evitado aplicando la diligencia debida. En nuestro ordenamiento, no se exige que el resultado sea perfecto, pero sí que se actúe conforme a la lex artis ad hoc. Se trata del conjunto de prácticas, conocimientos y protocolos aceptados por la profesión médica.

Cuando esta actuación se desvía de esos estándares y causa un perjuicio al paciente, puede existir el derecho a recibir una indemnización. Conocer estos derechos no es solo una cuestión jurídica, sino una herramienta de protección para quienes atraviesan una situación ya de por sí dolorosa.

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Qué es una negligencia médica según el Código Civil español

El Código Civil no ofrece una definición concreta de negligencia médica. Sin embargo, el concepto se ha construido a través del artículo 1902 del Código Civil y de la jurisprudencia, basándose en la responsabilidad civil extracontractual.

Teniendo esto en cuenta, hablamos de negligencia cuando existe:

  • Una acción u omisión contraria a la lex artis, es decir, una actuación que se aleja del estándar médico razonable.
  • Un daño real, físico, psicológico o patrimonial.
  • Una relación causal entre la actuación incorrecta y el daño sufrido.

Ejemplos habituales que pueden derivar en responsabilidad son los errores en las intervenciones quirúrgicas, los diagnósticos incorrectos o tardíos, la medicación inadecuada o mal administrada, la falta de seguimiento del postoperatorio o de control clínico o las infecciones hospitalarias evitables por falta de medidas adecuadas.

No obstante, la clave está en que no toda complicación médica implica negligencia. El ordenamiento jurídico español establece que sólo cuando el daño se pudo evitar aplicando la diligencia exigible, puede existir responsabilidad.

Base legal de la indemnización por negligencia médica

El artículo 1902 del Código Civil establece que «el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado». Este precepto es el pilar de la responsabilidad civil sanitaria en centros privados. En el ámbito público, la responsabilidad se regula mediante el régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración, previsto en la Ley 40/2015 y en la Ley 39/2015, y también ha sido desarrollado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

La base legal que sustenta la exigencia de dicha indemnización reside en tres elementos:

  • Daño efectivo: debe existir un perjuicio concreto y demostrable.
  • Culpa o negligencia: incumplimiento de la lex artis.
  • Nexo causal: unión directa entre la negligencia y el daño.

Se trata de garantizar que el paciente no cargue con las consecuencias de un error sanitario. El objetivo no es castigar, sino compensar el daño y restaurar, en la medida de lo posible, su bienestar y dignidad.

Factores que influyen en la cuantía de la indemnización

La cuantía de una indemnización por negligencia médica depende de múltiples variables que deben valorarse de forma individualizada. Entre los factores más relevantes se encuentran los siguientes:

Gravedad del daño

  • Daños temporales: molestias, dolor, limitaciones transitorias.
  • Daños permanentes: secuelas físicas o psicológicas que afectarán a la persona de forma indefinida.
  • Fallecimiento: pérdida irreversible, con especial impacto en el entorno familiar.

Edad de la víctima

Cuanto más joven sea la víctima, mayor suele ser el cálculo de perjuicios futuros, especialmente cuando existen secuelas permanentes o fallecimiento.

Dependencia económica y pérdida de ingresos

Si la persona afectada aportaba ingresos al hogar, la indemnización puede incluir pérdidas salariales, impacto en la capacidad laboral futura o reducción permanente del rendimiento profesional.

Impacto en la calidad de vida y entorno familiar

El baremo recoge conceptos como pérdida de autonomía, necesidad de ayuda de terceros, alteración del proyecto vital y daños morales a familiares.

Cada elemento influye en la cuantía final, siempre con el objetivo de compensar de manera proporcionada el perjuicio real sufrido. Esto significa que cada situación será distinta, por lo que también dará lugar a una indemnización diferente.

César Jorge Lama Muñoz, abogado y economista especializado en negligencias médicas y gestión hospitalaria.

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La tabla de indemnizaciones médicas: referencia legal y actualización 2025

La cuantía de las indemnizaciones suele calcularse aplicando el Baremo de daños personales, regulado por la Ley 35/2015 y actualizado cada año a través del BOE. Este baremo se aplica tanto en accidentes de tráfico como en responsabilidad sanitaria, dada su función orientadora y su consolidación jurisprudencial.

Para 2025, las actualizaciones incluyen:

  • Incrementos en la valoración del perjuicio personal básico.
  • Ajustes en los módulos destinados a gastos médicos futuros.
  • Actualización de las cuantías por fallecimiento y por secuelas graves.

Los tribunales utilizan estas tablas como guía para garantizar criterios homogéneos en toda España, evitando desigualdades y permitiendo previsibilidad en las reclamaciones.

 

Tipos de lesiones y sus rangos de indemnización

El baremo distingue diferentes categorías de daños, cada una con su método de valoración:

Lesiones temporales

  • Leves: si producen molestias, reposo breve o afectación mínima de la vida ordinaria.
  • Moderadas: cuando implican una limitación significativa para trabajar o desempeñar actividades esenciales.
  • Graves: si conllevan hospitalización, intervenciones, dolor intenso o limitación severa.

Lesiones permanentes

Incluyen secuelas físicas o psicológicas que alteran la vida de forma definitiva:

  • Discapacidades motoras.
  • Pérdida de órganos o funciones.
  • Daños neurológicos.
  • Trastornos psicológicos derivados del hecho negligente.

En cualquier caso, la cuantía dependerá del valor asignado a la secuela y de su impacto en la autonomía personal.

Fallecimiento

Se trata de la consecuencia más grave. En tales casos, la indemnización por muerte incluye:

  • Perjuicio moral de familiares directos.
  • Gastos funerarios.
  • Pérdida de ingresos si la víctima contribuía económicamente.
  • Incrementos por circunstancias especiales (por ejemplo, hijos menores).

Perjuicio personal básico y perjuicios particulares

El baremo distingue entre dos tipos de perjuicios:

Perjuicio personal básico

Es la afectación temporal general que sufre cualquier persona lesionada: dolor, molestias, disminución temporal de su calidad de vida.

Es el daño corporal que sufre la persona afectada desde que se produce el daño hasta su recuperación o estabilización. La clave está en que no impide realizar actividades esenciales de forma grave, aunque las pueda dificultar. Tiene una cuantía fija por día.

Perjuicios particulares

Los perjuicios particulares son circunstancias específicas que incrementan la cuantía. En este caso, se trata de la pérdida de calidad de vida, se da cuando la lesión impide o limita significativamente la realización de actividades específicas. Estas actividades pueden ser tanto de desarrollo personal como de la vida diaria. Se refiere a lesiones que limitan temporalmente la capacidad de la persona para trabajar, estudiar, o realizar actividades sociales y de ocio.

Estos perjuicios pueden ser la pérdida de calidad de vida (leve, moderada, grave o muy grave), el perjuicio moral por la pérdida de feto, daño moral por secuelas, una afectación de las actividades personales (como la profesión, el deporte o los proyectos vitales) o un perjuicio excepcional no contemplado en otros apartados.

Estos perjuicios pueden aumentar significativamente la indemnización, siempre con base en las tablas oficiales y en informes periciales, y se calcula en función del caso y las circunstancias concretas.

 

Perjuicio patrimonial: daño emergente y lucro cesante

El perjuicio patrimonial engloba todas las repercusiones económicas directas e indirectas:

Daño emergente

Son los gastos ocasionados por la negligencia, como pueden ser:

  • Tratamientos médicos no cubiertos.
  • Rehabilitación.
  • Medicación prolongada.
  • Traslados sanitarios.
  • Cuidados de terceros.
  • Gastos funerarios en caso de fallecimiento.

Lucro cesante

Compensa la pérdida de ingresos futuros, como consecuencia del daño sufrido:

  • Incapacidad temporal para trabajar.
  • Disminución de la capacidad laboral permanente.
  • Interrupción o pérdida de actividad profesional.
  • Pérdida de ingresos del sostén económico del hogar en caso de fallecimiento.

Los tribunales valoran el impacto económico real, aplicando proyecciones razonables y documentación acreditativa.

 

Procedimiento para reclamar una indemnización por negligencia médica

Reclamar este tipo de responsabilidad exige un proceso riguroso y bien documentado. Los pasos habituales son:

1. Recopilación de información

Es un paso importante que no debe tomarse a la ligera. La documentación más importante que debe ser recopilada es la siguiente:

  • Historia clínica completa.
  • Informes médicos.
  • Pruebas diagnósticas.
  • Informes de alta y seguimiento.

En este punto, es importante tener en cuenta que el paciente tiene derecho a acceder a su documentación sanitaria según la Ley 41/2002.

2. Valoración médica y pericial

Un perito médico independiente es clave para determinar si hubo incumplimiento de la lex artis y si existe una relación causal entre el daño y la actuación sanitaria.

Además, también será necesario para realizar una cuantificación de los daños temporales, las secuelas y los perjuicios.

3. Reclamación previa

  • En centros privados, se presenta una reclamación de responsabilidad civil a la aseguradora del profesional o del centro.
  • En centros públicos, debe iniciarse un expediente de responsabilidad patrimonial ante la Administración competente, conforme a la Ley 39/2015.

4. Demanda judicial

Si los recursos previos no prosperan, cabe la opción de acudir a la vía judicial:

  • En el ámbito de la sanidad privada: demanda civil ante los tribunales (fundamentada en el artículo 1902 CC).
  • En el ámbito de la sanidad pública: recurso contencioso-administrativo.

Cuando una negligencia médica irrumpe en la vida de una persona, el impacto es profundo y puede sentirse abrumador. Contar con información clara, rigor jurídico y un acompañamiento humano marca la diferencia. Si necesitas valorar una posible indemnización por negligencia médica, recuerda que cada caso tiene matices propios que deben analizarse con detalle y sensibilidad.

En Javaloyes Legal, estudiamos cada situación con minuciosidad y con el máximo rigor y empatía. Podemos ayudarte a entender tus opciones, proteger tus derechos y encontrar la solución jurídica más adecuada para tu bienestar.

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