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¿Qué es el síndrome del túnel carpiano y cómo afecta al rendimiento laboral?
El síndrome del túnel carpiano se produce por la compresión del nervio mediano a su paso por el túnel del carpo, una estructura estrecha en la base de la muñeca.
Tal compresión genera síntomas como dolor, hormigueo, pérdida de fuerza y sensibilidad en la mano, especialmente en los dedos índice, medio y pulgar. Dentro del ámbito laboral, esta dolencia puede reducir el rendimiento cuando tu trabajo depende de la destreza manual, la fuerza en la muñeca o la precisión de los movimientos.
Los síntomas suelen aparecer progresivamente. Al principio, el dolor es intermitente y mejora con el descanso. Pero si no se trata, se vuelve constante, llegando incluso a impedir realizar tareas básicas como escribir, manejar herramientas, sostener objetos o incluso abrocharse la ropa.
Cuando el dolor y la pérdida de fuerza son crónicos, el trabajador puede quedar temporal o permanentemente imposibilitado para ejercer su profesión habitual.
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¿Cuándo se considera enfermedad profesional?
Para que el síndrome del túnel carpiano se considere enfermedad profesional, debe cumplir los requisitos del artículo 157 de la Ley General de la Seguridad Social y estar incluido en el cuadro de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006. De manera que debe ser contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena.
La patología está incluida en el Anexo I, Grupo 2 del Real Decreto 1299/2006, que recoge las enfermedades causadas por agentes físicos. Se refiere a “trabajos en los que se produce un apoyo prolongado y repetido de forma directa o indirecta sobre las correderas anatómicas que provocan lesiones nerviosas por compresión”.
La clave está en demostrar que tu actividad implica movimientos de hiperflexión e hiperextensión de la muñeca, apoyos prolongados o tareas que requieren aprehensión repetida de la mano.
Si el síndrome del túnel carpiano se reconoce como enfermedad profesional, pueden existir diferencias importantes en materia de prestaciones y protección social. Además, para determinadas prestaciones derivadas de contingencias profesionales no se exige un período previo de cotización.
Tipos de incapacidad laboral que se pueden reconocer
Cuando el síndrome del túnel carpiano afecta tu capacidad de trabajar, el INSS puede reconocer dos tipos principales de incapacidad:
Incapacidad temporal
La incapacidad temporal te permite estar de baja mientras recibes tratamiento y tu enfermedad está en fase de curación. Durante la situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad profesional, la prestación económica asciende con carácter general al 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja médica. No obstante, algunos convenios colectivos pueden establecer complementos salariales que permitan al trabajador percibir una cantidad superior, llegando incluso a mantener el 100 % de sus retribuciones en determinados supuestos.
Se reconoce cuando los síntomas son reversibles y se espera que, con tratamiento médico, conservador o quirúrgico, puedas recuperar tu capacidad laboral. El plazo máximo es de 365 días, con posibilidad de extensión hasta 545 días si se espera mejor.
Incapacidad permanente
La incapacidad permanente se reconoce cuando, tras el tratamiento, persisten secuelas que limitan tu capacidad laboral de forma duradera. El INSS puede conceder varios grados:
- IP parcial: cuando la lesión reduce tu rendimiento en al menos un 33 %, pero no te impide trabajar.
- IP total: cuando no puedes ejercer tu profesión habitual, pero puedes realizar otras tareas.
- IP absoluta: cuando no puedes trabajar en ninguna profesión.
- Gran invalidez: cuando necesitas ayuda de otra persona para los actos básicos de la vida diaria.
El grado de incapacidad que pueda reconocerse dependerá de las secuelas existentes y de cómo afecten a las funciones concretas de la profesión habitual del trabajador. La valoración debe realizarse de forma individualizada en cada caso. Para eso, se realizan pruebas como un electromiograma y velocidad de conducción nerviosa, el resultado de la cirugía, si la ha habido, y las limitaciones funcionales reales en tu puesto de trabajo.
Requisitos e informes médicos clave para solicitarla
Para solicitar la incapacidad por el síndrome del túnel carpiano, se necesita reunir una documentación médica completa que demuestre la gravedad de su patología y su impacto en su trabajo.
Entre la documentación más relevante suelen encontrarse el electromiograma actualizado, los informes de especialistas, el historial clínico y, cuando existan, informes ergonómicos o de evaluación de riesgos relacionados con el puesto de trabajo.
Otros requisitos adicionales que debes cumplir son:
- Demostrar que tu enfermedad está relacionada de forma directa con tu actividad laboral.
- Acreditar que ha seguido los tratamientos médicos recomendados.
- Mostrar que persisten secuelas (dolor crónico, pérdida de fuerza, hormigueo) que impiden realizar tu trabajo habitual.
El proceso de solicitud paso a paso ante el INSS y el Tribunal Médico
Solicitar la incapacidad permanente por el síndrome del túnel carpiano es un proceso que puedes tramitar tú mismo siguiendo los siguientes pasos:
Reunir la documentación médica
Antes de presentar la solicitud, es fundamental recopilar toda la documentación médica actualizada relacionada con el síndrome del túnel carpiano. Entre los documentos más relevantes se encuentran el electromiograma, los informes de especialistas, los informes quirúrgicos si se ha realizado una intervención y toda la documentación relativa al seguimiento y evolución posterior.
Determinar si es enfermedad profesional
Es importante comprobar si la patología puede ser reconocida como enfermedad profesional de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1299/2006. En caso afirmativo, conviene verificar que la baja médica haya sido tramitada como contingencia profesional, ya que ello puede influir en las prestaciones y derechos del trabajador.
Solicitar la incapacidad permanente
La solicitud puede iniciarse a instancia del propio interesado. Para ello, es posible presentar la documentación a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o acudir directamente a la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) correspondiente.
Valoración por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI)
El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), conocido popularmente como Tribunal Médico, estudiará toda la documentación aportada, revisará los informes clínicos y realizará una evaluación de las limitaciones que presenta el trabajador. Su dictamen servirá como base para la resolución posterior del INSS.
Reconocimiento por el Tribunal Médico
Durante el reconocimiento médico, el EVI analizará las consecuencias funcionales derivadas de la enfermedad. Se valorarán aspectos como la pérdida de movilidad, la disminución de fuerza o destreza manual, la capacidad para desempeñar las tareas habituales y la existencia de dolor crónico. Tras esta evaluación, el tribunal emitirá el informe que fundamentará la decisión final del INSS sobre el grado de incapacidad.
¿Qué hacer si el INSS deniega la incapacidad?
Si el INSS niega tu solicitud de incapacidad permanente por el síndrome del túnel carpiano, no estás perdido. Tienes varias opciones para reclamar:
Reclamación previa a la Seguridad Social
El primer paso es presentar una reclamación previa ante la propia entidad gestora (INSS). Vale mencionar que el plazo es de 30 días hábiles desde la fecha en que se notifique la denegación.
Dicha reclamación se presenta en la misma Dirección Provincial del INSS o por registro electrónico. Además, debe incluir argumentación jurídica y médica que demuestre por qué la negación es incorrecta.
Una vez presentada, el INSS dispone de un plazo de 45 días para contestar de forma expresa. Si transcurrido ese periodo no se ha recibido notificación, la reclamación se entenderá desestimada por silencio administrativo, quedando abierta la vía judicial.
Acudir a la vía judicial
Después de una doble negativa (expresa o por silencio administrativo), puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social competente. Si la reclamación previa es desestimada, ya sea de forma expresa o por silencio administrativo, el trabajador dispone de un plazo de 30 días hábiles para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social competente, según marca el artículo 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
¿Dudas legales?
No afrontes tu problema solo. Reúnete con un abogado para analizar tu caso a fondo. Saldrás de la reunión con tus dudas resueltas, conociendo tus derechos y con un informe escrito detallando los pasos exactos que debes dar.




