¿Se puede impugnar un testamento hecho ante notario?

Herencias

Cuando el contenido del testamento no coincide con las expectativas, es habitual que aparezcan inseguridades y sospechas de disposiciones injustas o contrarias a la voluntad del fallecido.

En Javaloyes Legal comprendemos el impacto emocional y patrimonial que supone esta situación, y por ello te ofrecemos información y asesoramiento especializado para ayudarte a entender tus derechos.

Mano masculina firmando documentos legales, aludiendo a la posibilidad de impugnar un testamento notarial.

¿Qué es un testamento notarial?

Un testamento notarial es el documento de últimas  voluntades que se presenta y firma ante un notario. El notario da fe de la identidad, capacidad y voluntad del testador, por lo que el acto dota al documento de presunción de legalidad y veracidad. Además, el testamento se encuentra sujeto a formalidades, garantías y requisitos de autenticidad conforme a lo recogido en la ley española vigente.

De acuerdo a los artículos 676 y siguientes del Código Civil, existen dos tipos de testamentos notariales: abierto y cerrado. 

  • Abierto. Este tipo de testamento es el más frecuente, siendo presentada la voluntad ante un notario y consignada en una escritura pública.
  • Cerrado. En este caso, el contenido del testamento se mantiene secreto hasta el fallecimiento y apertura oficial del documento.

Un buen abogado debe advertir que aun cuando la intervención del notario otorga una presunción de validez, ello no impide que el testamento se pueda impugnar por vía judicial

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¿Es posible impugnar un testamento hecho ante notario?

Sí, se puede impugnar un testamento hecho ante un notario, siempre que concurran cualquiera de las causas previstas en la ley. Si bien la participación del notario aporta garantías formales y reviste a la declaración de una mayor seguridad jurídica, a través de un proceso judicial es posible anular el testamento.

En caso de que se demuestre que el testador tenía sufría una merma en su capacidad o se presentaran vicios de consentimiento como la coacción o el error, el testamento puede ser impugnado. También, es posible anular este documento si se omite a los herederos forzosos o se vulneran las formas exigidas por el Código Civil. 

Incluso si a simple vista parece que los requisitos se han cumplido, un juez podrá revisar las disposiciones cuando se acredite que la voluntad del fallecido no ha sido respetada o que la legalidad se violentó. En cualquier caso, los abogados de Javaloyes Legal trabajamos en pro de los herederos forzosos, mientras se cumple la real voluntad del fallecido. 

Comillas negras curvas que simbolizan el inicio de una cita o frase textual destacada.

Un testamento notarial no es intocable. Si se vulnera la voluntad del testador o los derechos de los herederos forzosos, la ley permite impugnarlo y restablecer la legalidad de las disposiciones testamentarias.

Comillas negras curvas que simbolizan el inicio de una cita o frase textual destacada.

Motivos legales para impugnar un testamento notarial

Por supuesto, un testamento no puede ser impugnado solo porque los herederos no están de acuerdo con la voluntad del testador, o bien si han caído sus expectativas. La legislación reconoce solo los siguientes motivos para impugnar un testamento: 

Incapacidad del testador

Según el artículo 663 del Código Civil, se exige plena capacidad mental de la persona que otorga el testamento. En consecuencia, si se comprueba que el testador sufría algún tipo demencia como Alzheimer o alguna enfermedad mental, su testamento podrá ser impugnado. 

Para que el documento sea declarado nulo, se deberá acreditar la falta de capacidad del testador con pruebas fehacientes (artículo 663 CC). Cabe mencionar que si la persona tenía plena capacidad mental para el momento de autenticar el testamento, este será válido (artículo 664 a 666 CC).

Vicios de consentimiento

De acuerdo con los supuestos establecidos en los artículos 673 y 1265 y siguientes del texto legal mencionado arriba, el testamento podrá ser impugnado cuando se ha otorgado bajo violencia, coacción, intimación, engaño o dolo.

Incumplimiento de requisitos formales

Si falta cualquiera de las formalidades que establecen los artículos 687 y 694 del CC, el testamento podrá ser impugnado. A este respecto, si no hacen acto de presencia los testigos, se omite la firma o el notario no acude al acto, puede causar la nulidad del documento. Vale destacar que hay condiciones específicas que también pueden llevar a la impugnación del testamento.

Vulneración de la legítima

La legítima es la porción de la herencia que la ley reserva para los herederos forzosos, por lo que el testador no podrá distribuirla de acuerdo a su voluntad. Por lo tanto, si el testamento ignora este requisito legal, se podrá solicitar la reducción de las disposiciones testamentarias que perjudican el derecho e incluso llegar a anularlas por completo. 

Así mismo se aplica si uno o más herederos forzosos son omitidos parcial o totalmente del testamento. Si este es tu caso, contacta con nuestros abogados y haremos valer tu derecho de legítima.

Error en el objeto o la persona

La ley contempla la nulidad del testamento sobre la base de errores graves como designar mal a una persona o repartir bienes que no le pertenecían. En este sentido, el testamento no cuenta con validez legal, teniendo que ser anulado de forma automática. 

Ana Feijóo Santiago, abogada experta en derecho inmobiliario, mercantil y tributario, con más de 20 años de experiencia.

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¿Quién puede impugnar el testamento?

No cualquiera puede impugnar un testamento notarial. Están legitimados aquellos que tengan un interés legítimo por la herencia, como:

  • Herederos forzosos (artículo 807 CC).
  • Legatarios y/o beneficiarios que son perjudicados de forma directa por el testamento.
  • Acreedores del testador, en determinadas circunstancias.
  • Cualquier persona que cuyos derechos sucesorios se ven afectados por el contenido del testamento.

Con el fin de saber si puedes impugnar un testamento notarial, comunícate con nuestros abogados. De inmediato analizamos el caso y buscamos la solución jurídica que proteja tu derecho hereditario, así como la garantía judicial constitucional de tutela judicial efectiva. 

Plazo para impugnar un testamento notarial

El plazo para impugnar un testamento depende del motivo por el que se impugna y de si se considera causa de nulidad o anulabilidad.

  • Nulidad: las causas de nulidad son defectos graves que invalidan el testamento desde su origen (por ejemplo, falta de capacidad del testador). Existe debate sobre el plazo para impugnar por nulidad. Antes de 2015, se consideraba que no había plazo (era imprescriptible). Tras la reforma del Código Civil en 2015, se discute si el plazo es ahora de 5 años, siguiendo el plazo general para acciones personales que no tienen otro plazo específico. La decisión final dependerá de cómo interprete el juez la ley.
  • Anulabilidad: son vicios o defectos menos graves (por ejemplo, que el testador fuera engañado o coaccionado). En estos casos, el plazo para impugnar es de 4 años desde que cesa el vicio (ej: desde que deja de sufrir la coacción).

Dada la complejidad y la falta de una respuesta única, lo más recomendable es consultar cuanto antes con un abogado especializado en herencias para que analice el caso concreto y determine el plazo aplicable

Procedimiento judicial para impugnar el testamento

Los abogados de Javaloyes Legal garantizamos un procedimiento para impugnar el testamento hecho ante un notario, sin errores ni dilaciones. Para eso, se desarrolla de la siguiente manera:

  • Presentación de la demanda judicial ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio del fallecido. 
  • Admisión de la demanda por parte del juez, otorgando el plazo a los interesados para contestar y aportar pruebas.
  • Convocación a audiencia de las partes para llegar a un acuerdo (aplica si hay controversias).
  • Celebración del juicio donde se valoran las pruebas, informes periciales, testigos y demás.
  • Resolución del juez, anulando el testamento (total o parcialmente) o desestimando la demanda.

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