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¿Qué es el síndrome facetario?
El síndrome facetario surge cuando las articulaciones que conectan las vértebras se desgastan debido al paso del tiempo, por adoptar malas posturas o realizar movimientos repetitivos. Este deterioro provoca fricción entre los huesos de la columna y genera dolor en la zona lumbar, que a menudo se irradia hacia los glúteos, la parte posterior de las piernas o la ingle. Es un problema muy habitual en personas que pasan muchas horas de pie o que realizan esfuerzos físicos continuos.
El Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, regula la incapacidad laboral. En estos casos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evalúa si el dolor, la limitación y el deterioro funcional impiden al trabajador desempeñar su profesión habitual o cualquier otra. Dependiendo de la gravedad, esto puede derivar en una incapacidad temporal o permanente.
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¿Puede el síndrome facetario dar lugar a una incapacidad laboral?
Sí, el síndrome facetario puede dar lugar a una incapacidad laboral si el dolor crónico, la rigidez y la limitación de movimientos impiden realizar las tareas esenciales. Esto sucede porque las articulaciones de la columna se comprimen demasiado, dificultando realizar incluso algunas actividades básicas.
Aunque el dolor puede variar de un día a otro, la falta de movilidad y las molestias constantes suelen afectar tanto la vida personal como la laboral. Por eso, en muchos casos, quienes padecen esta dolencia pueden solicitar una incapacidad laboral. Dependiendo de lo grave que sea la lesión, esta incapacidad puede ser temporal o permanente.
Grados de incapacidad permanente aplicables (parcial, total, absoluta)
La artropatía facetaria no siempre afecta a todos por igual, por lo que existe una clasificación en función del dolor y limitación de la movilidad. Factores como la imposibilidad de estar de pie durante mucho tiempo, realizar giros, flexiones o cargar pesos se tienen muy en cuenta a la hora de determinar el grado más adecuado.
Incapacidad permanente parcial (25 % de la base reguladora)
Esta incapacidad se reconoce cuando el dolor y las limitaciones de movimiento afectan significativamente al rendimiento laboral, aunque aún puedas realizar las tareas básicas.
Por ejemplo, un empleado de oficina puede seguir trabajando, pero necesita hacer pausas con frecuencia o no puede girar el tronco. Aunque esta incapacidad no te impide trabajar, puedes ser compensado económicamente por la menor capacidad productiva.
Incapacidad permanente total (55 % de la base reguladora)
Esta es la incapacidad más habitual en casos de síndrome facetario lumbar. Se otorga cuando no puedes desempeñar tu profesión habitual por las limitaciones físicas, aunque podrías realizar otros trabajos.
Por ejemplo, un albañil que no puede cargar sacos de cemento, un transportista que no puede subir y bajar del camión constantemente o una camarera que no puede estar todo el día de pie. No obstante, estas personas pueden trabajar en otra profesión compatible con sus limitaciones.
Incapacidad permanente absoluta (100 % de la base reguladora)
Esta discapacidad se reconoce en los casos más graves, cuando el dolor ya es crónico y las limitaciones impiden realizar cualquier tipo de trabajo, sobre todo si existen otras patologías asociadas.
Por ejemplo, cuando el dolor es tan intenso que no puedes realizar ni siquiera trabajos sedentarios o cuando tienes otras lesiones que agravan la situación. Es la cobertura total, puesto que no necesitas trabajar en absoluto y seguirás cobrando la pensión completa.
Cabe decir que la Ley 2/2025, vigente desde el 1 de mayo, protege a los trabajadores con incapacidad permanente. Esto no solo evita el despido automático, sino que obliga a las empresas a ofrecer una reubicación antes de la finalización del contrato.
Cómo valora el Tribunal Médico el síndrome facetario
Al evaluar el síndrome facetario, no solo se tiene en cuenta el dolor, sino cómo limita al trabajador a la hora de trabajar. El Tribunal Médico mira qué movimientos no puede realizar, además de estudiar los informes médicos, los tratamientos y los resultados obtenidos. Estos son algunos de los factores clave que se tienen en cuenta:
- Limitaciones en la movilidad y actividades diarias. Se analiza si el dolor impide realizar los movimientos esenciales como inclinarse, girar, estar de pie largos periodos de tiempo o levantar peso.
- Agotamiento de los tratamientos. Es fundamental mostrar que se han probado todas las opciones médicas disponibles (fisioterapia, medicación o infiltraciones) sin obtener mejoras significativas.
- Requisitos del trabajo. Este comité de valoración analiza qué cosas te cuesta hacer y las compara con lo que tu trabajo requiere para ver si aún puedes seguir en ese puesto.
- Informes médicos especializados. La valoración depende en gran medida de los informes de los traumatólogos, las unidades del dolor u otros especialistas, que acrediten esta condición.
- Impacto en la vida cotidiana. También se valora cómo el síndrome afecta tu vida fuera del trabajo. Por ejemplo, si te cuesta caminar, sentarte o hacer tareas de la casa, porque esto muestra lo grave que es el problema.
En conjunto, estos criterios permiten al Tribunal Médico decidir si procede reconocer una incapacidad y, en caso afirmativo, determinar cuál es el grado adecuado.
Qué pruebas médicas son clave para obtener la incapacidad
Para poder justificar una incapacidad laboral por síndrome facetario ante el INSS, se necesitan pruebas médicas que muestren el deterioro físico y cómo afecta a la rutina diaria. Estos informes son los que realmente tienen peso en la decisión final.
Diagnóstico por imagen
La resonancia magnética (RM) y el TAC exponen con claridad el desgaste y estrechamiento de las articulaciones facetarias, la inflamación y los osteofitos. Estas pruebas son evidencias del deterioro estructural de la columna.
Pruebas funcionales
Los bloqueos facetarios o las infiltraciones con anestesia y corticoides son muy importantes. Si el dolor desaparece por un tiempo después de la inyección, significa que viene de las articulaciones facetarias. Es la forma más clara de saber de dónde proviene el dolor.
Evaluación clínica
El test de Kemp, los informes de las unidades del dolor y otras pruebas muestran cómo el síndrome limita tus movimientos. Estos estudios son de gran ayuda para demostrar al INSS por qué podrías necesitar una incapacidad laboral.
Cómo reclamar si el INSS deniega la incapacidad por síndrome facetario
Si el INSS niega la incapacidad permanente por síndrome facetario, el primer paso es presentar una reclamación previa dentro de los 30 días hábiles desde la notificación. En esta solicitud se debe incluir el número de expediente, los datos del solicitante y los argumentos médicos que demuestran que el dolor es intenso, lo que impide realizar su actividad laboral.
Es de suma importancia presentar todos los informes médicos, las resonancias, los TAC y la documentación de la Unidad del Dolor. Si el INSS deniega la incapacidad, siempre puedes reclamar por vía judicial en el Juzgado de lo Social. Antes de dar ningún paso, lo más recomendable es contar con la ayuda de un abogado especializado en incapacidades.
Esperamos haber aclarado las principales dudas sobre cómo funciona la incapacidad laboral por síndrome facetario y qué pasos seguir. Si necesitas un asesoramiento personalizado para evaluar tu caso y defender tus derechos, en Javaloyes Legal estamos para ayudarte a encontrar la mejor vía jurídica con total confianza.
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