Incapacidad laboral por síndrome subacromial

Incapacidades permanentes

¿Puede un dolor en el hombro suponer una incapacidad laboral? Todo dependerá de las limitaciones que tengas. Un dolor constante que te impide levantar el brazo, trabajar o dormir puede indicar un síndrome subacromial, una patología que afecta gravemente el futuro laboral. Por eso, en Javaloyes Legal te ayudamos a explorar si es posible recibir una incapacidad laboral por síndrome subacromial.

Hombre con dolor en el hombro por síndrome subacromial; incapacidad laboral: baja cuando una lesión impide trabajar.

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¿Qué es el síndrome subacromial y cómo afecta al hombro?

El síndrome subacromial aparece por la compresión de los tendones del manguito rotador y la bursa subacromial bajo el acromion. De ahí que genere inflamación e irritación en el espacio subacromial del hombro. 

Además, afecta movimientos por encima de la cabeza, limitando acciones como alcanzar estanterías o cargar pesos. Por eso, en profesiones con gestos repetitivos, como la construcción o el trabajo administrativo elevado, el impacto es mayor. 

El síndrome subacromial puede provocar limitaciones funcionales que afecten a la capacidad laboral, especialmente cuando dificulta movimientos esenciales para la profesión habitual. Si las limitaciones son graves, objetivables y previsiblemente definitivas, pueden ser valoradas a efectos del reconocimiento de una incapacidad permanente.

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Síntomas, fases y evolución de la patología

Por lo general, los síntomas iniciales del síndrome subacromial incluyen dolor nocturno y debilidad al elevar el brazo. Con estos, aparece la molestia al peinarse o abrocharse la camisa.

De acuerdo con los síntomas, se puede establecer la clasificación de la patología. Según el esquema de Neer, el síndrome divide la evolución en tres fases clave: 

  • Fase 1: aparición de edemas y hemorragias en tendones. En este caso, el dolor es agudo tras hacer un esfuerzo. Afecta en gran medida a jóvenes con sobrecarga.
  • Fase 2: implica tendinosis y fibrosis, por lo que hay riesgos de roturas parciales por uso repetitivo. Esta fase es crónica en adultos.
  • Fase 3: roturas completas del manguito rotador, lo que supone una pérdida funcional grave. 

Ahora bien, la evolución del síndrome subacromial dependerá de si se aplica un tratamiento precoz o no. La inflamación y el dolor pueden mejorar con el tratamiento adecuado, aunque en los casos más avanzados pueden persistir limitaciones de movilidad, fuerza y funcionalidad del hombro.  Sin dejar de mencionar que, en fase avanzada, limita al paciente a tener empleos que exijan fuerza braquial. 

¿Cuándo el síndrome subacromial puede derivar en incapacidad permanente?

La normativa distingue diferentes grados de incapacidad permanente según la repercusión de las limitaciones sobre la capacidad laboral. En particular, la incapacidad permanente parcial para la profesión habitual exige una disminución no inferior al 33 % del rendimiento normal, sin impedir la realización de sus tareas fundamentales.

Por su parte, el Real Decreto 1299/2006 incluye entre las enfermedades profesionales determinadas patologías tendinosas crónicas del manguito rotador asociadas a trabajos que exigen mantener los codos elevados, tensar los tendones o la bolsa subacromial o utilizar de forma continuada el brazo en abducción o flexión.

De acuerdo a lo anterior, el reconocimiento de una incapacidad permanente dependerá de cómo las limitaciones funcionales afectan a la capacidad para desarrollar la profesión habitual. En los casos más graves, la pérdida de movilidad, fuerza o funcionalidad del hombro puede impedir realizar las tareas fundamentales del puesto de trabajo. Si el dolor persiste pese a cirugía artroscópica o rehabilitación, el pronóstico laboral empeora.  

En los oficios manuales se valoran especialmente la pérdida de movilidad y fuerza del hombro y la dificultad para elevar, cargar o utilizar repetidamente el brazo, relacionando estas limitaciones con las exigencias concretas de la profesión habitual. Para reconocer una incapacidad permanente se valora que las limitaciones sean graves, objetivables y previsiblemente definitivas, teniendo en cuenta la evolución de la patología, los tratamientos realizados y las posibilidades razonables de recuperación.

Grados de incapacidad aplicables según la Seguridad Social

La Ley General de la Seguridad Social distingue cuatro grados de incapacidad permanente: parcial para la profesión habitual, total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo y gran incapacidad.

  • Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: ocasiona una disminución no inferior al 33 % en el rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedir la realización de sus tareas fundamentales. Da derecho, con carácter general, a una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora utilizada para determinar la prestación por incapacidad temporal de la que derive.
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual: inhabilita para realizar todas o las tareas fundamentales de la profesión habitual, aunque permite dedicarse a otra distinta. Con carácter general, la pensión equivale al 55 % de la base reguladora y puede incrementarse en un 20 % adicional a partir de los 55 años cuando concurran los requisitos establecidos legalmente.
  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: se reconoce cuando las limitaciones inhabilitan por completo para toda profesión u oficio. La pensión corresponde, con carácter general, al 100 % de la base reguladora.
  • Gran incapacidad: se reconoce cuando, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, la persona necesita la asistencia de otra para realizar los actos más esenciales de la vida, como vestirse, desplazarse o comer. La prestación correspondiente se incrementa con un complemento destinado a remunerar a la persona que presta esa asistencia, calculado conforme a las reglas establecidas legalmente.

Y por tanto, ¿qué grado puede reconocerse por síndrome subacromial? Dependerá de las limitaciones funcionales acreditadas y de las exigencias de la profesión. Una afectación grave del hombro puede tener una especial repercusión en profesiones manuales que exijan cargar peso, elevar los brazos o realizar movimientos repetitivos. Para grados superiores será necesario acreditar limitaciones de suficiente entidad sobre la capacidad para desarrollar cualquier profesión u oficio.

Fe Quiñones Martín, abogada laboralista experta en litigios, gestión de equipos y formación en RRHH.

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Pruebas médicas y criterios del tribunal médico (INSS)

En la valoración de una posible incapacidad permanente resulta fundamental aportar pruebas médicas objetivas que acrediten el diagnóstico y, especialmente, las limitaciones funcionales que provoca el síndrome subacromial. De allí la importancia de reunir cualquier documento que sirva para demostrar las limitaciones que se sufren, tales como: 

  • Ecografías y resonancia magnética confirman rotura del manguito rotador y la bursitis
  • Radiografías detectan espolones óseos
  • Electromiografía mide daño nervioso

La valoración de la incapacidad permanente no se basa en un baremo automático que asigne una pensión según un porcentaje concreto de movilidad del hombro. El INSS debe valorar las secuelas y limitaciones funcionales acreditadas y determinar cómo repercuten en la capacidad del trabajador para desarrollar su profesión habitual o cualquier otra actividad laboral, según el grado solicitado.

Procedimiento para solicitar la incapacidad y vías de reclamación

El procedimiento para reconocer una incapacidad permanente puede iniciarse de oficio o a solicitud del interesado, sin que sea necesario en todos los casos agotar previamente el periodo máximo de incapacidad temporal. 

La incapacidad temporal tiene una duración máxima ordinaria de 365 días, prorrogables por otros 180 días cuando se prevea que durante ese periodo el trabajador puede recibir el alta médica por curación o mejoría.

Durante la tramitación, el trabajador puede ser citado para una valoración médica, y el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) formula el correspondiente dictamen-propuesta. Finalmente, el INSS dicta la resolución reconociendo o denegando la incapacidad permanente.

Si el INSS no dicta resolución en el plazo máximo de 135 días, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo. En ese caso, antes de acudir a los tribunales debe presentarse la correspondiente reclamación previa ante el INSS y, una vez desestimada expresa o presuntamente, podrá interponerse demanda ante el Juzgado de lo Social dentro del plazo legal.

En juicio, se presenta pericia médica privada y testifical para demostrar que sí existe una incapacidad laboral por síndrome subacromial. La sentencia del Juzgado de lo Social puede ser recurrible en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, cuando concurran los requisitos legalmente establecidos.

Con todo esto, es lógico que sientas miedo de no recibir una resolución satisfactoria para ti. Sin embargo, con Javaloyes Legal podrás tener aliados jurídicos que te guíen por el camino correcto para que la respuesta se adapte a tu realidad. 

Entendemos que cada situación con el síndrome subacromial es única, marcada por tu profesión y evolución clínica. Por eso, valoramos tu caso con detalle para defender tus derechos y asegurar tu estabilidad emocional y económica. Además, te podemos representar en cada fase para evitar errores que te perjudiquen más adelante. 

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