Delito de usurpación o suplantación de identidad en el Código Penal

Derecho penal

Imagina descubrir que alguien está usando tu nombre, tus datos o incluso aprovechándose de tu reputación. La sensación de vulnerabilidad puede ser enorme y las consecuencias, muy serias.

Cada vez más personas se preguntan qué pueden hacer ante estas situaciones y qué dice la ley al respecto. En este contexto, entender en qué consiste el delito de usurpación de identidad es esencial para saber cómo protegerse y actuar en consecuencia.

Verificación biométrica con huella digital en pantalla, relacionada con el delito de suplantación o usurpación de identidad

¿Qué es el delito de usurpación o suplantación de identidad?

El delito de usurpación, o suplantación de identidad, consiste, en términos generales, en que una persona se hace pasar por otra, utilizando ilegítimamente elementos que la identifican.

En el ordenamiento jurídico español, la conducta más directamente relacionada es la usurpación de estado civil, tipificada en el artículo 401 del Código Penal con penas de prisión de seis meses a tres años. Este tipo penal específico exige que el autor asuma la identidad de una persona real (viva o fallecida) y ejercite sus derechos y acciones, con la intención de obtener un beneficio o causar un perjuicio.

Sin embargo, la suplantación de identidad, especialmente en el entorno digital, puede manifestarse de otras formas y ser constitutiva de diferentes delitos, dependiendo de la finalidad perseguida.

Además, es necesario que exista una voluntad de obtener algún beneficio o de causar un perjuicio a la persona suplantada. Por otro lado, también es importante resaltar que la identidad debe corresponder a una persona real, ya esté viva o fallecida. Hoy en día, este tipo de conducta se observa frecuentemente en internet, por ejemplo, al crear perfiles falsos en las redes sociales o al hacerse pasar por otra persona. Aunque también se usa para realizar fraudes económicos o realizar trámites administrativos para obtener beneficios indebidos o evitar responsabilidades.

Regulación en el Código Penal: artículos aplicables

En España, este tipo de delito no siempre aparece con la denominación exacta de suplantación de identidad, ya que puede encuadrarse en distintos preceptos del Código Penal. Su aplicación dependerá principalmente de la forma en la que se haya producido la suplantación y de la finalidad que persiga quien la comete.

En España, la suplantación de identidad no se regula bajo un único tipo penal con esa denominación, sino que puede encuadrarse en distintos preceptos del Código Penal según la forma y finalidad de la conducta. El artículo de referencia es el artículo 401 del Código Penal, que castiga la usurpación del estado civil de una persona. Adicionalmente, el mismo artículo sanciona el uso de un documento de identidad auténtico perteneciente a otra persona, sin su consentimiento. Dependiendo del caso concreto, la suplantación de identidad puede ser el medio para cometer otros delitos, como la estafa, (artículos 248 y siguientes) o la falsedad documental (artículos 390 y siguientes), aplicándose entonces las penas correspondientes a estos.

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Diferencia entre usurpación de estado civil y suplantación digital

El desconocimiento en esta materia lleva a utilizar estos términos como sinónimos, a pesar de que no son exactamente lo mismo. Aunque desde el punto de vista jurídico, ambos implican hacerse pasar por otra persona, se diferencian principalmente en la forma en que se comete la usurpación y en su tratamiento dentro del Código Penal.

  • Usurpación de estado civil. Supone asumir de forma completa la identidad de otra persona real y actuar públicamente como si fuera ella. Este delito puede conllevar penas de prisión.
  • Suplantación digital. Se da principalmente en internet, como al crear perfiles falsos o usar datos ajenos en las redes sociales o plataformas online. No siempre es delito, aunque sí puede serlo si sirve para cometer fraudes, estafas u otras infracciones.

Elementos del delito y requisitos para que exista responsabilidad penal

El objetivo del delito de usurpación o suplantación de identidad suele ser engañar, sacar algún beneficio o causar algún daño. Para que se considere como tal, no basta con un acto aislado: debe afectar a los derechos de la víctima. Veamos los aspectos clave para que se considere la infracción:

  • Persona real afectada. La suplantación debe recaer sobre alguien que realmente se pueda demostrar que existe.
  • Uso indebido de los datos. Se demuestra que ha habido un intento de apropiarse y usar información personal, como firmas o contraseñas.
  • Intención clara. Quien lo hace debe actuar a sabiendas de que está usando la identidad de otro.
  • Beneficio o daño a la víctima. El objetivo principal es engañar, obtener ventajas económicas o causar un perjuicio a alguien.
  • Consecuencias legales. No basta con un engaño puntual; la acción debe tener consecuencias legales o afectar la identidad ante terceros.
Comillas negras curvas que simbolizan el inicio de una cita o frase textual destacada.

La suplantación de identidad no es solo una molestia digital: puede convertirse en un delito con consecuencias graves. Actuar con rapidez y reunir pruebas es clave para proteger tu reputación y defender tus derechos.

Comillas negras curvas que simbolizan el inicio de una cita o frase textual destacada.

Penas previstas por usurpación o suplantación de identidad

La ley, tal como hemos expuesto anteriormente, establece penas específicas para alguien que se hace pasar por otra persona con el fin de causar algún daño o perjuicio. A continuación, te mostramos cuáles son en función de la gravedad:

  • Uso del DNI ajeno. El uso de un documento de identidad de otra persona sin su autorización para perjudicarla o a un tercero se castiga con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
  • Suplantación como medio para otros delitos:
    • Acoso o stalking. Si la suplantación se utiliza para acosar a una persona de forma insistente y reiterada, alterando gravemente su vida cotidiana, los hechos podrían ser constitutivos de un delito de acoso, que lleva aparejadas sus propias penas (que pueden llegar hasta los dos años de prisión).
    • Estafa o falsedad documental. Cuando la suplantación persigue un engaño para obtener un lucro económico o alterar un documento, se aplicarán las penas previstas para los delitos de estafa o falsedad documental, que varían según la gravedad y el perjuicio causado.
Ana Feijóo Santiago, abogada experta en derecho inmobiliario, mercantil y tributario, con más de 20 años de experiencia.

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Qué hacer si eres víctima de una suplantación de identidad

Si eres víctima de una usurpación o suplantación de identidad, debes actuar rápidamente. Te puede ayudar seguir estos pasos:

  • Primero, haz la denuncia ante la Policía Nacional, Guardia Civil o el juzgado de guardia para dejar constancia oficial del delito.
  • Luego, informa a tu banco y entidades financieras para bloquear tus cuentas, las tarjetas y evitar cargos fraudulentos.
  • Cambia todas tus contraseñas y revisa regularmente tus cuentas y perfiles para detectar actividad sospechosa.
  • Después, recopila todas las pruebas que tengas, como capturas de pantalla, correos, URLs de perfiles falsos o cualquier evidencia del fraude.
  • Contacta con las plataformas y redes sociales donde ocurrió la suplantación para informar de este posible delito.
  • Incluso puedes ponerte en contacto con la línea de ayuda en ciberseguridad del INCIBE (017).

Cómo denunciar y reclamar daños por suplantación de identidad

Si has sido víctima de una suplantación de identidad, puedes denunciar los hechos ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o acudir al juzgado de guardia. Es recomendable que puedas aportar todas las pruebas disponibles, que demuestren el uso indebido de tus datos para que la denuncia prospere. Cuanta más información se aporte, más fácil será para las autoridades investigar los hechos y localizar a los responsables.

Además, puedes reclamar los daños sufridos, tanto económicos como morales, por la vía civil o penal. En función de las consecuencias de tu caso, es posible solicitar una compensación por las pérdidas económicas, los perjuicios causados o el daño a tu reputación. Cada situación es diferente, por lo que valorar correctamente las pruebas y las circunstancias resulta clave para determinar qué acciones legales pueden iniciarse.

En estos casos, contar con un buen asesoramiento legal es fundamental, puesto que un abogado especializado puede orientarte. También puede ayudarte a presentar las denuncias correctamente y reclamar las compensaciones correspondientes. Así tendrás más posibilidades de defender tus derechos y evitar más daños personales y económicos.

¿Dudas legales?

No afrontes tu problema solo. Reúnete con un abogado para analizar tu caso a fondo. Saldrás de la reunión con tus dudas resueltas, conociendo tus derechos y con un informe escrito detallando los pasos exactos que debes dar.

Verificado legalmente por: Ana Feijóo Santiago

Ana Feijóo Santiago, abogada de Javaloyes Legal

Nº de colegiado: 83.667 del ICAM · Abogada desde 2001

Abogada con más de 20 años de experiencia en derecho inmobiliario, tributario, mercantil y patrimonial. Asesora a empresas y particulares.

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