¿Quiénes son los herederos?
Según el artículo 930 y siguientes del Código Civil, el orden de sucesión y transmisión de bienes corresponde primero a los hijos o descendientes del fallecido, teniendo prioridad sobre los ascendientes y el cónyuge sobreviviente.
En la misma norma, pero en el artículo 657, se establece que los derechos hereditarios nacen en el momento del fallecimiento y se transmiten mediante sucesión voluntaria o legal. Esto quiere decir que puede haber un testamento que establece cómo se distribuirán los bienes y activos, o bien será mediante lo establecido en la ley.
En cualquier caso, los herederos son todos aquellos beneficiarios que le sobreviven al fallecido, en el siguiente orden:
- Hijos: por encima de cualquier otro familiar, los hijos tienen derecho prioritario.
- Cónyuge sobreviviente: de acuerdo a los artículos 807 y 834 del Código Civil, el cónyuge que sobrevive también es un heredero forzoso. Su legítima consiste en un derecho de usufructo sobre una parte de la herencia, cuya extensión varía dependiendo de si concurre con hijos o descendientes, o con ascendientes.
- Ascendientes: en caso de no haber descendientes y cónyuge, los padres y abuelos pueden heredar, en ese mismo orden.
Teniendo en cuenta este orden, los hijos pueden solicitar la parte que les corresponde de la herencia legítima de su padre, aun cuando la madre todavía vive. No obstante, esto es aplicable solo si el marco de la norma específica lo permite y respetando los porcentajes legales.
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Cómo se reparte la herencia si el padre dejó testamento
En el artículo 667 CC se define al testamento como el acto voluntario de una persona de dejar por escrito la repartición de sus bienes. Por supuesto, esto deberá hacerlo conforme a lo establecido en la ley, pues existen ciertas limitaciones a tener en cuenta:
- Legítima: es la parte de la herencia que corresponde a los hijos (herederos forzosos), salvo causas justificadas legalmente (artículo 848 CC).
- Tercio de la legítima estricta: se destina de forma exclusiva a los hijos, o en caso tal a los siguientes descendientes en la línea.
- Tercio de mejora: se asigna a uno o varios hijos, por elección del testador.
- Tercio de libre disposición: el testador tendrá derecho a distribuir esta parte según su deseo, incluso si no forma parte de su familia.
Cómo se reparte la herencia si no hay testamento
¿Qué sucede si no existe un testamento que distribuya la herencia del padre? La sucesión se realizará según lo tipificado en el artículo 912 y siguientes del Código Civil. En este caso, los hijos heredan primero, dividiendo la herencia en partes iguales para todos los descendientes.
El reparto legal de la herencia se hará de la siguiente manera:
- Los hijos reciben su cuota de la herencia en partes iguales.
- El cónyuge, en este caso la madre, recibe un derecho de usufructo vitalicio sobre el tercio de mejora. No recibe bienes en propiedad.
Gracias a este marco, como hijo tienes derecho a reclamar la herencia de tu padre fallecido frente a tu madre viva, respetando lo que establece la ley. Para hacer una repartición justa, nuestros abogados te ayudan a calcular los porcentajes legales correspondientes.
Cuando fallece un padre, el derecho sucesorio no debería convertirse en una fuente de conflicto. Conocer la ley es el primer paso para proteger la memoria y los derechos de todos.
Qué ocurre con la vivienda familiar y los bienes comunes
Al repartir la herencia, la vivienda familiar es uno de los bienes más sensibles. Si bien no existe una norma general que impida que un heredero deba abandonar la propiedad por ser su residencia, la ley protege especialmente al cónyuge viudo. Frecuentemente, el derecho de usufructo que le corresponde como legítima se materializa sobre la vivienda familiar, otorgándole el derecho a residir en ella de forma vitalicia
No obstante, será el cónyuge a quien pertenezca el derecho de usufructo sobre la vivienda familiar. En este sentido, la madre podrá permanecer en la vivienda mientras disfrute del usufructo, en muchos casos, este derecho es vitalicio. Mientras tanto, los hijos no podrán disponer de la casa sin el consentimiento del usufructuario, aun siendo propietarios.
En los casos en los que se decide vender la vivienda, se debe respetar el derecho de usufructo de la madre y repartir lo que corresponda a los hijos, siguiendo con lo establecido en las leyes sobre herencia.
Tanto la madre como los hijos deben respetar mutuamente los derechos sobre la vivienda y bienes comunes. Así que, es necesario buscar una solución equitativa, en especial si hay hijos menores o en situación de discapacidad.
Trámites para aceptar la herencia
Aceptar una herencia supone una serie de pasos legales y administrativos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 998 del Código Civil, la herencia puede aceptarse de forma pura y simple o a beneficio de inventario, siendo fundamental entender las consecuencias de cada opción.
El procedimiento para aceptar y recibir la herencia de tu padre es el siguiente:
- Solicitar el certificado de defunción de tu padre.
- Obtener el certificado de últimas voluntades, para confirmar la existencia de un testamento.
- Liquidar el impuesto de sucesiones según lo dictado en la Ley 29/1987 sobre impuestos y donaciones.
- Redactar el cuaderno particional con ayuda de un abogado.
- Otorgar la escritura pública de adjudicación de herencia ante el notario.
- Registrar bienes heredados.
Según la Ley 15/2015 de la jurisdicción voluntaria, el trámite de aceptación de herencia puede ser realizado por los mismos herederos o mediante un representante o abogado. Sin embargo, contratar un abogado de nuestro bufete es la mejor opción, ya que te ofrecemos asesoramiento completo, pero también podemos representarte en todo el proceso para que recibas la herencia según lo más conveniente para ti.
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