El perjuicio personal básico en los accidentes de tráfico

Accidentes de tráfico

Después de un accidente de tráfico, no solo nos enfrentamos al miedo del impacto, sino también a las repercusiones médicas. Bajas médicas, consultas y dolor diario son algunas de las consecuencias que cambian por completo el panorama. Pero, si a esto se le añaden términos como perjuicio personal básico, lesiones temporales y baremo, la incertidumbre es aún más grande.

Entender el concepto de perjuicio personal básico en los accidentes de tráfico es esencial para que tu recuperación física vaya acompañada del reconocimiento económico que mereces. Así que en Javaloyes Legal te ofrecemos asesoramiento y representación legal en todo el proceso de reclamación de indemnización.

Choque entre vehículos con daños visibles, relacionado con perjuicio personal básico, indemnización por lesiones temporales tras accidente.

¿Qué es el perjuicio personal básico?

Es la indemnización mínima que reconoce la ley por el daño personal que sufre una víctima de accidente de circulación durante el tiempo que dura su curación o estabilización de las lesiones. 

Se regula en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que reforma el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. De forma concreta, el artículo 136 define el perjuicio personal básico por lesión temporal como el perjuicio común padecido desde la fecha del accidente hasta el final del proceso curativo o hasta la conversión de la lesión en secuela. 

Vale mencionar que el concepto se aplica tanto si el lesionado está de baja laboral como si no, y con independencia de la gravedad final de las secuelas, pues pretende garantizar una compensación diaria por el sufrimiento físico y moral básico que conlleva toda lesión

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¿Cómo se calcula según el baremo?

Los perjuicios personales se cuantifican por medio del baremo de tráfico. Esta forma de calcularlo es objetiva, por cuanto se multiplica un importe fijo por cada día de lesión temporal por el número de días que va desde el accidente hasta el final de la curación o bien la estabilización de las lesiones.

El importe por día se recoge en la Tabla 3, letra A, del baremo de la Ley 35/2015 y se actualiza de forma anual mediante resolución publicada, de acuerdo con lo previsto en la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Para 2026, la cuantía por día de perjuicio personal básico se sitúa en torno a los 39,20 euros.

Para el cálculo del perjuicio personal básico, se siguen los siguientes pasos: 

  • Determinar el periodo de curación, desde la fecha del siniestro hasta el alta médica o estabilización de las secuelas.
  • Clasificar los días en perjuicio personal básico o perjuicio personal particular (en sus distintos grados de gravedad), según si las lesiones o su tratamiento generan o no una limitación relevante en la vida cotidiana del lesionado, conforme a los criterios del artículo 137 de la Ley 35/2015.
  • Aplicar a cada categoría el importe diario que corresponda conforme a la Tabla 3 del baremo vigente en el año del accidente.

Aunque hay otros conceptos indemnizatorios que se tienen en cuenta, como daño patrimonial, secuelas y fallecimiento, el perjuicio personal básico siempre es el suelo común para el cálculo de las indemnizaciones. 

Comillas negras curvas que simbolizan el inicio de una cita o frase textual destacada.

Tras un accidente, no solo se trata de curarse, sino de que ese proceso esté bien valorado. El perjuicio personal básico es el mínimo que te corresponde, pero entenderlo bien es clave para no aceptar menos de lo que la ley reconoce

Comillas negras curvas que simbolizan el inicio de una cita o frase textual destacada.

Diferencia entre perjuicio básico y particular

La ley 35/2015 distingue con claridad el perjuicio personal básico del perjuicio personal particular, ambos dentro de las lesiones temporales. 

Por una parte, el perjuicio personal particular, regulado en el artículo 137 de la Ley 35/2015, está asociado a la pérdida temporal de calidad de vida, es decir, a las limitaciones importantes en la autonomía o el desarrollo personal producidas por las lesiones o su tratamiento. Este tipo de perjuicio se clasifica en distintos grados según su gravedad, tal como desarrolla la tabla 3.B del baremo. 

El perjuicio personal básico compensa el daño común e inevitable que sufre cualquier lesionado a lo largo de todo su proceso de curación, con independencia de la intensidad de las limitaciones. Se trata de la base mínima garantizada que siempre corresponde, a la que se añade el perjuicio personal particular en aquellos días en que las lesiones o su tratamiento producen una limitación relevante en la vida cotidiana.

La idea central del perjuicio personal básico es la base común, al contrario que el perjuicio personal particular, que se suma cuando el accidente provoca una afección especialmente intensa o limitativa en la vida diaria del lesionado o de sus allegados.  

Días impeditivos y no impeditivos

En la práctica y por costumbre, todavía las aseguradoras y operadores jurídicos siguen hablando de días impeditivos y no impeditivos, términos utilizados por el sistema anterior al vigente baremo de tráfico. Sin embargo, en la Ley 25/2015, estos conceptos se han reconducido al lenguaje de perjuicio personal particular y perjuicio personal básico, siendo este último el que sustituiría los antiguos días no impeditivos, por lo que el cálculo debe ceñirse a esta clasificación. 

Con respecto a los días de perjuicio personal básico, estos son en los que la víctima sufre molestias o dolor, pero sin una limitación intensa de sus actividades esenciales. 

Por tanto, el perjuicio personal particular se da cuando las lesiones o su tratamiento producen una limitación relevante en la autonomía o el desarrollo personal del lesionado, clasificándose en distintos grados de gravedad según el artículo 137 de la Ley 35/2015.

Entre los supuestos expresamente tipificados se incluyen situaciones de especial intensidad como el ingreso en UCI o la intervención quirúrgica mayor, que merecen una cuantía diaria superior. La baja laboral puede ser un elemento indicativo, pero no es el criterio jurídico determinante para aplicar este perjuicio

Ana Feijóo Santiago, abogada experta en derecho inmobiliario, mercantil y tributario, con más de 20 años de experiencia.

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Documentación necesaria para su valoración

Para valorar de forma correcta el perjuicio personal básico en los accidentes de tráfico, hay que tener documentación especial que pueda acreditarlo. A este respecto, se tiene en cuenta: 

  • Partes de urgencias y asistencias médicas iniciales, que relacionan las lesiones con el accidente de tráfico.
  • Informes de seguimiento, recetas, pruebas diagnósticas y partes de baja y alta médica que permiten fijar el periodo de curación con precisión.
  • Informes de fisioterapia, rehabilitación u otras terapias, donde consten las fechas y la evolución del cuadro clínico.
  • Según el caso, informes periciales médicos que valoren el número de días de lesión temporal, distinguiendo entre días de perjuicio personal básico y de perjuicio personal particular.

De acuerdo con la Ley 35/2015, estos conceptos se sitúan dentro de unsistema objetivo de valoración, que obliga a las aseguradoras a realizar oferta motivada conforme al baremo de tráfico,lo que hace importante que la documentación médica y pericial esté bien estructurada y completa. 

Compatibilidad con otras indemnizaciones

El perjuicio personal básico no agota los derechos de la víctima del accidente, sino que se suma a otras posibles partidas indemnizatorias. Según la ley, pueden concurrir las siguientes partidas:

  • Perjuicio personal básico y perjuicio personal particular durante las lesiones temporales, calculados por días. 
  • Indemnización por secuelas, donde de nuevo se distinguen los conceptos anteriores del perjuicio excepcional.
  • En caso de fallecimiento, el perjuicio básico y particular de familiares y allegados, además del perjuicio patrimonial que corresponda. 

Para entender bien lo que implica el perjuicio personal básico, se configura una base mínima sobre la que se van añadiendo perjuicios, nunca como una cuantía que excluya el resto de conceptos siempre que estos estén debidamente acreditados. 

Valorar bien el perjuicio personal básico para proteger tu recuperación 

En muchos casos, la aseguradora presenta una oferta de indemnización que habla de días, tablas y cifras, sin explicarle a las víctimas qué se está incluyendo y qué no. Por eso, es necesario contar con un profesional legal especializado en el sistema complejo de perjuicio personal básico en accidentes de tráfico. De esa manera se logrará la indemnización final adecuada. 

Los abogados de Javaloyes Legal estamos a tu disposición para analizar la documentación médica, el número y tipo de días indemnizables, además de la existencia de perjuicio personal particular, secuelas o perjuicio patrimonial, aplicando el baremo de tráfico de la Ley 35/2015. Así, nos aseguraremos de que la oferta de la aseguradora se acerque de verdad a tus derechos como víctima de accidente de tráfico.

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No afrontes tu problema solo. Reúnete con un abogado para analizar tu caso a fondo. Saldrás de la reunión con tus dudas resueltas, conociendo tus derechos y con un informe escrito detallando los pasos exactos que debes dar.

Verificado legalmente por: Ana Feijóo Santiago

Ana Feijóo Santiago, abogada de Javaloyes Legal

Nº de colegiado: 83.667 del ICAM · Abogada desde 2001

Abogada con más de 20 años de experiencia en derecho inmobiliario, tributario, mercantil y patrimonial. Asesora a empresas y particulares.

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