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¿Qué es una oferta motivada en reclamaciones de daños?
De la reclamación por daños en accidentes de tráfico nace la oferta motivada, siendo una propuesta formal que la aseguradora presenta al perjudicado. En esta se detalla la indemnización por cada concepto del daño, así que es obligatorio leer bien cada apartado antes de aceptarla.
El Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, es el encargado de regular la reclamación y la posterior indemnización después de un accidente de tráfico.
Según el artículo 7.2 del RDL 8/2004, cuando la entidad aseguradora reconoce su responsabilidad, dispone de un plazo de tres meses desde que el perjudicado haya formulado la reclamación para presentar una oferta motivada de indemnización, en la que se detalle la cuantía propuesta por cada concepto de daño.
Cabe mencionar que esta oferta no es genérica, por cuanto se debe desglosar de forma precisa. El documento debe especificar las lesiones, secuelas, gastos médicos y lucro cesante. De esa manera, se evitan indemnizaciones a tanto alzado.
Calculadora de Indemnización por Accidente de Tráfico
Calcula tu compensación según el Baremo de Tráfico (Ley 35/2015)
Datos básicos del accidente
Información necesaria para calcular tu indemnización según el baremo oficial
¿Por qué importa la edad? El baremo establece valores diferentes según la edad de la víctima. Las personas más jóvenes reciben mayor compensación por secuelas permanentes.
Lesiones temporales
Indica los días de recuperación según su gravedad. Si no tuviste baja, déjalo en 0.
¿Cómo clasificar los días? Estos son períodos consecutivos, no simultáneos:
• Muy graves: Estancia en UCI, riesgo vital
• Graves: Hospitalización, cirugía, reposo absoluto
• Moderados: Baja laboral sin hospitalización
• Básicos: Molestias sin incapacidad laboral
Secuelas permanentes
Selecciona las secuelas que han quedado tras la recuperación. Si no tienes secuelas, continúa al siguiente paso.
Importante: La puntuación final la determina un médico forense. Esta herramienta ofrece una estimación orientativa basada en tus síntomas.
Daños económicos
Indica los gastos y pérdidas económicas derivados del accidente. Déjalos en 0 si no aplica.
El lucro cesante compensa la diferencia entre tu salario habitual y la prestación de la Seguridad Social.
Gastos médicos y asistenciales
Calculando indemnización...
Aplicando Baremo de Tráfico (Ley 35/2015)
¿Qué implica aceptar una oferta motivada de la aseguradora?
Al aceptar la indemnización en su totalidad, estarás de acuerdo en cobrar lo que ha ofrecido la aseguradora. Pero eso libera esa parte de la reclamación e incluso pudiera prescribir este derecho más adelante. No habrá reservas, por lo que se podría cerrar todo el caso en ese momento. Así que, teniendo en cuenta que la oferta motivada acaba con el proceso, no te olvides de revisar bien el documento.
Conforme al artículo 7.2 del RDL 8/2004, la aseguradora está obligada a presentar una oferta motivada o una respuesta motivada de rechazo en el plazo máximo de tres meses desde la reclamación del perjudicado.
Además, cuando exista certeza sobre la obligación de indemnizar, deberá efectuar un pago provisional a cuenta de la indemnización definitiva en el plazo de 40 días desde la recepción de la reclamación. El incumplimiento de estos plazos puede conllevar la imposición de intereses de demora conforme al artículo 9 del mismo texto legal.
Así que no te apresures ni te desesperes por recibir una compensación para aliviar necesidades urgentes; seguramente podrías tener derecho a más de lo que se te está ofreciendo.
La aceptación de la indemnización debe ser expresa y estar documentada para que sirva de prueba en futuras reclamaciones. Mientras no firmes, tendrás derecho a seguir reclamando en otras vías.
Es fundamental tener en cuenta que la acción para reclamar la indemnización por daños personales derivados de un accidente de tráfico prescribe en el plazo de un año, cuyo cómputo se inicia, con carácter general, desde que el perjudicado tiene conocimiento del daño sufrido o, si hubo proceso penal previo, desde la firmeza de la sentencia o el auto de sobreseimiento. Así lo establece el artículo 7.1 del RDL 8/2004 en relación con el artículo 1968.2 del Código Civil.
Aceptar una oferta motivada puede darte liquidez inmediata, pero también puede cerrar puertas. Antes de firmar, asegúrate de que no renuncias a lo que aún puedes reclamar: en muchos casos, la diferencia está en cómo aceptas, no en aceptar o no
¿Se puede aceptar el pago y reclamar más después?
Sí, se puede aceptar la oferta motivada y seguir reclamando. Se trata de una estrategia legal común. Algunas víctimas deciden cobrar lo ofrecido ya y demandar el resto después.
Es importante que añadas en el documento que aceptas sin perjuicio de reclamar partidas no reconocidas. De tal manera que perseveren tus derechos. Cabe mencionar que la ley no prohíbe explícitamente esta forma de aceptar la indemnización, dando paso a reclamaciones parciales. Esto funciona bien cuando la oferta cubre daños iniciales, pero infravalora secuelas futuras.
Diferencias entre aceptación total, parcial y reserva de acciones
Para determinar cómo hacer reclamación por daños tras un accidente de tráfico, es necesario establecer diferencias entre aceptación total, parcial y reserva de acciones.
- Aceptación total: cobras todo y renuncias a más indemnización luego. Esto cierra la reclamación por completo, lo que supone un alto riesgo si subestimas daños, un error común en más del 40 % de los casos de accidentes de tráfico.
- Aceptación parcial: solo aceptas algunos conceptos, reclamando el resto por separado. De allí la importancia de desglosar con claridad la oferta.
- Reserva de acciones: aceptas, pero declaras expresamente que sigues reclamando lo pendiente. La clave de esta estrategia es utilizar la frase “reservo acciones por secuelas y lucro cesante”. Por lo general, se utiliza este tipo de aceptación cuando hay necesidad de una liquidez urgente.
En caso de no aceptar la oferta, el artículo 7, parágrafo 6 del Real Decreto 8/2004, permite dar una respuesta motivada de denegación. Sin embargo, esta reserva evita la transacción total.
Riesgos legales de aceptar una oferta sin asesoramiento
Aceptar la oferta motivada y seguir reclamando no saldrá bien si no revisas el documento con ayuda profesional. Y es que lo más frecuente es que las aseguradoras minimicen las ofertas. En tanto, si aceptas la totalidad de la compensación, cierras las puertas a más en un proceso de reclamación futuro.
Entendemos que la desesperación puede llevarte a tomar decisiones rápidas. Sin embargo, es necesario considerar las secuelas latentes y gastos futuros para establecer una indemnización ajustada a la realidad. Además, existe el riesgo de intereses de demora que cambian por completo el escenario.
El artículo 7.2 del RDL 8/2004 exige que tanto la oferta como la respuesta de rechazo estén debidamente motivadas y desglosen los conceptos indemnizatorios. No obstante, la interpretación de los términos empleados en el documento puede dar lugar a controversias, por lo que se recomienda siempre la revisión por parte de un abogado especializado antes de firmar cualquier aceptación
Alternativas si no estás conforme con la oferta recibida
Si crees que lo que ofrece la aseguradora no está de conformidad con lo que mereces, puedes presentar una contraoferta motivada. Esta se debe realizar con peritajes médicos y económicos sólidos.
Luego, recurre a la vía de mediación, la misma que está regulada por la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Este proceso ofrece una resolución del caso rápida y sin gastos procesales. No obstante, pudiera no ser la última etapa si la aseguradora sigue menospreciando tus circunstancias.
Si la mediación falla, la siguiente vía es la demanda judicial. Para esto, necesitarás la asesoría y representación de un abogado experto en reclamación por accidentes de tráfico.
El juzgado cuantificará los daños conforme al Sistema de Valoración de Daños y Perjuicios establecido en el Anexo del RDL 8/2004, actualizado anualmente por la DGSFP conforme a la Ley 35/2015. En cuanto a las costas procesales, su imposición seguirá el criterio de vencimiento objetivo previsto en el artículo 394 LEC, aunque el tribunal podrá apartarse del mismo cuando aprecie que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.
Otra vía posible para reclamar es el informe de lesiones médico forense. Esto es posible cuando no existe una oferta motivada.
Ahora bien, sin importar cuál será la forma de aceptar y recibir la indemnización, es necesario que documentes todo lo sucedido, valiéndote de facturas, informes clínicos y demás pruebas que sirvan para mostrar los daños y perjuicios ocasionados por el accidente.
Teniendo en cuenta que cada caso es único, en Javaloyes Legal analizamos a fondo cada oferta motivada que nos llega a nuestro despacho. De esa manera, nos aseguramos de proteger tu derecho a una indemnización plena que cubra todos los daños ocasionados, secuelas y gastos futuros.
Al contactar con nuestros abogados, podrás disfrutar de un análisis objetivo de la situación, además de la ayuda profesional para elegir la mejor vía que resarza el daño real. Lo mejor de todo es que no solo somos aliados jurídicos, sino también amigos que te comprenderán y acompañarán a cada paso para que recuperes tu bienestar legal, económico, emocional y, por supuesto, físico.
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