Delito de fraude fiscal

Delitos penales económicos

Una notificación de Hacienda anunciando una próxima inspección, un acta de liquidación elevada a delito o peor aún, una citación penal, sin duda acarrea un gran temor.

Ante la incertidumbre de que un delito de fraude fiscal haga tambalear tu estabilidad económica, reputación profesional y libertad personal, lo mejor es contar con un equipo de abogados que creen una estrategia de defensa o protección real de patrimonio, de acuerdo al caso.

Billete de 50 euros, moneda, lápiz y calculadora sobre cifras, simbolizando el delito de fraude fiscal.

¿Qué es el delito de fraude fiscal?

Es un delito contra la Hacienda Pública, cometido cuando una persona física o jurídica defrauda a este ente, bien sea a nivel estatal, autonómico, foral o local, superando determinados umbrales económicos.

Regulación del delito de fraude fiscal en el Código Penal

El artículo 305, dentro del Título XIV, de los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, mejor conocida, como Código Penal, es el texto que regula el delito de fraude fiscal.

Dentro del texto se tipifica el delito cuando el beneficio fiscal indebidamente obtenido o la cantidad no ingresada supera los 120 000 euros por ejercicio. Además, introduce el tipo agravado, con penas superiores cuando concurren circunstancias como que la cuantía defraudada exceda los 600 000 euros, se utilicen estructuras societarias complejas, tramas organizadas o paraísos fiscales. 

Por otro lado, el mismo Código Penal, en su artículo número 308, regula otros tipos de fraudes como los incurridos a través de subvenciones y ayudas públicas.  

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Requisitos para que exista delito de fraude fiscal

Hay que resaltar que cualquier irregularidad tributaria no va a constituir un fraude fiscal per se. Para que exista este delito, se deben considerar los requisitos resumidos en el artículo 305 del Código Penal:

  • Cuantía mínima por encima de 120 000 euros por tributo o ejercicio.
  • Falta de regularización efectiva antes de que Hacienda informe acerca del comienzo de las acciones o antes de que se interponga una denuncia que eluda la responsabilidad penal.
  • Comportamientos típicos en el delito fiscal de fraude.

Para establecer si un delito de fraude fiscal ha sido cometido, un abogado penalista tiene que examinar la presencia de comportamientos comunes en quienes llevan a cabo tales acciones.

Evasión de pagos de tasas, ingresos a cuenta y retenciones

El propósito fundamental del delito de fraude fiscal es evitar el pago de impuestos, así como las cantidades retenidas o los ingresos a cuentas que deben ser devueltas a la Hacienda Pública. Para llevar a cabo este delito se realizan acciones u omisiones fraudulentas. Un ejemplo claro de esto es la omisión de ingresos, creación de gastos ficticios, utilización de testaferros o la falta de ingreso de retenciones practicadas a trabajadores o profesionales.  

Obtención indebida de devoluciones

Dentro del artículo 305 del Código Penal se abarca la obtención indebida de devoluciones fiscales como parte de los delitos de fraude fiscal. Esto significa realizar la declaración de deducciones, cuotas soportadas o bases imponibles inexistentes para obtener de Hacienda montos a los que no se tiene derecho.

En el ámbito penal, se evalúa si se ha creado un comportamiento engañoso con la finalidad de conseguir un crédito o una devolución inexistente, excediendo el límite financiero designado.   

Goce indebido de los incentivos fiscales y los beneficios

Disfrutar indebidamente de las bonificaciones, las deducciones especiales o las exenciones es otra práctica común en el delito de fraude fiscal. También, se sanciona el uso fraudulento de regímenes fiscales especiales, empresas pantalla, territorios de baja tributación y estructuras artificiosas con el objetivo de disminuir la carga fiscal de forma ilícita.  

Sujetos del delito de fraude fiscal

De acuerdo a las reglas generales de responsabilidad penal de las empresas establecidas en el Código Penal, tanto personas físicas como jurídicas pueden cometer un delito de fraude fiscal.

  • Las personas físicas pueden cometer este delito por acción u omisión, tanto en nombre propio como a través de terceros.
  • En cuanto a las personas jurídicas, la responsabilidad penal se le atribuye a quien corresponda según el régimen de responsabilidad corporativa. Las sanciones pueden ir desde la imposición de multas y el cierre de los locales hasta la disolución de compañías.

Cabe resaltar que, en la práctica, es común que se vean implicados administradores, directores financieros, asesores fiscales y otros intervinientes, de acuerdo con su participación y grado de conocimiento del fraude.   

Tipos de fraude fiscal

De acuerdo al tipo de delito de fraude fiscal, se determinará la pena de prisión, multa y demás sanciones correspondientes:

Delito de tipo básico

Es el que se tipifica en el artículo 305, parágrafo 1 del Código Penal, estableciendo que se castigará a quien defrauda a Hacienda Pública con un importe superior de 120 000 euros.

Tipo agravado

Se considera fraude fiscal agravado cuando la cuota defraudada es superior a 600 000 euros, exista una organización criminal o se utilicen paraísos fiscales y entramados societarios complejos. Además, se hace consideración especial a la utilización de mecanismos fraudulentos. 

Atenuantes

La ley penal contempla supuestos atenuados vinculados a la regularización y reparación del daño, por ejemplo: 

  • Exclusión de responsabilidad penal cuando se regulariza íntegramente la situación antes de determinadas actuaciones de la Administración o el Ministerio Fiscal.
  • Reparación del daño y el pago de la deuda antes del juicio se considerarán atenuantes, simples y cualificadas, ayudando a reducir la pena.  
Ana Feijóo Santiago, abogada experta en derecho inmobiliario, mercantil y tributario, con más de 20 años de experiencia.

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Penas por delito de fraude fiscal

La pena en caso de delito de fraude fiscal se aplicará conforme al tipo que se trate, a saber:

  • El delito de tipo básico será castigado con prisión de 1 a 5 años, multa del tanto séxtuplo de la cuota defraudada y la posible pérdida del derecho a obtener subvenciones o beneficios fiscales y de Seguridad Social durante un periodo determinado.
  • Por su parte, en los casos de delitos de delito agravado, la pena de prisión será de 2 a 6 años, con una multa del doble al séxtuplo de la cuota defraudada, además de la posible inhabilitación para obtener ayudas y beneficios fiscales.

Ahora bien, las penas deben interpretarse siempre junto con las normas de concurso de delitos, atenuantes, responsabilidades civiles y posibles delitos conexos. Por eso, es importante tener a tu lado un aliado legal especialista en derecho penal que te asesore sobre este tema. 

Relación con otros delitos económicos

Los delitos de fraude fiscal pueden relacionarse con otros tipos de fraudes, conforme a lo establecido en el artículo 301 en adelante. 

Fraude de subvenciones

Se sanciona a quien obtiene subvenciones, ayudas o fondos de la Unión Europea y otras administraciones mediante fraude, o los destina a fines distintos de los previstos. Además, cuando las cantidades superan ciertos límites, el fraude de subvenciones coexista con el fraude fiscal, sobre todo en el contexto empresarial y la financiación pública compleja.

Blanqueo de capitales y ocultación de patrimonio

Se considera blanqueo de capitales cuando se adquiere, convierte, posee o utiliza bienes procedentes de actividades delictivas o se realizan actos para ocultar su origen. 

De acuerdo a la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, se considera que la cuota defraudada en delitos contra Hacienda Pública puede ser susceptible de blanqueo. Por eso, se abre la puerta a la concurrencia entre el delito fiscal y el blanqueo de capitales. 

Las operaciones de ocultación de patrimonio, traslado de fondos a paraísos fiscales o la utilización de estructuras opacas después de cometer un delito de fraude fiscal pueden derivar en una imputación conjunta de fraude y blanqueo. 

Defensa ante un procedimiento por fraude fiscal

Si te estás enfrentando a una acusación de delito de fraude fiscal, debes saber que necesitarás una defensa jurídica rigurosa y bien coordinada con el ámbito tributario. En tal sentido, la estrategia supone un análisis de la cuantía y el umbral superior, un estudio del elemento subjetivo y la regularización, así como la coordinación con otros delitos económicos. 

En el despacho Javaloyes Legal contamos con expertos en defensa frente a delitos de fraude fiscal, que abordan el caso desde una perspectiva integral. Combinamos nuestra experiencia con conocimiento tributario, laboral y patrimonial para encontrar la mejor vía de negociación con la administración. De esta forma, somos tu mejor opción para proteger tu futuro económico y, por supuesto, libertad con máxima seguridad jurídica.

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