Características de los delitos contra los derechos de los trabajadores
Los delitos contra los derechos de los trabajadores se regulan en los artículos 311 a 319 del Capítulo VII del Título XVII del Código Penal. Dentro de estos se protegen derechos fundamentales como la dignidad laboral y la libertad sindical, los mismos que también están respaldados por el artículo 28 de la Constitución española.
También podemos ver un complemento del marco preventivo en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Ahora bien, tales delitos se persiguen de oficio y suponen penas como prisión, multas e inhabilitación, los mismos que iremos analizando según el tipo de delito cometido.
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Imposición de condiciones laborales ilegales
En el artículo 311 del Código Penal se castiga la sujeción de trabajadores a condiciones que menoscaban derechos básicos. Algunas de las conductas típicas de este tipo de delitos son:
- Exigir jornadas superiores a las establecidas en el artículo 34 del Estatuto de Trabajadores
- Retener salarios o documentos personales
- Trabajo infantil o en condiciones degradantes
Para estos tipos de delitos, el Código Penal establece una pena de prisión de 6 meses a 3 años, si afecta a más de 3 trabajadores.
Tráfico ilegal de mano de obra y contratación irregular
Se persigue a toda persona que cometa el delito de tráfico de trabajadores en condición de explotación. Regulado en el artículo 318 del Código Penal, pero modificado por la Ley 8/2015, el tráfico ilegal de mano de obra o contratación irregular supone elementos claves como:
- Captación irregular para servicios ilegales o degradantes
- Ganancias ilícitas del empleador
- Situación de vulnerabilidad del trabajador, por ejemplo, un extranjero sin papeles
- Incluye también gangmasters que recluyan para agricultura sin contrato.
Ahora bien, se pueden aplicar penas agravadas de hasta 8 años de prisión si hay violencia o intimidación. Por tal motivo, se debe hacer una investigación exhaustiva sobre lo sucedido, así como reusar pruebas sustanciales sobre esta situación.
Favorecimiento de la migración ilegal en el ámbito laboral
Relacionado con el anterior, este delito castiga la colaboración a la inmigración irregular con el fin de obtener un lucro laboral. El delito se introduce en el artículo 318 bis del Código Penal y se reafirma en la Ley Orgánica 2/2019.
Se cometerá al:
- Facilitar la entrada irregular para trabajar de forma ilegal
- Obtener beneficio económico directo
Cabe mencionar que, a diferencia de lo que establece el artículo 318, que hace referencia al tráfico ilegal, en este caso prima el favorecimiento migratorio, no solo la explotación. Para contextualizarlo mejor, es necesario analizar lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Discriminación laboral y vulneración de derechos fundamentales
Se debe tener en cuenta que no todo abuso es penal, pero los graves sí lo son y, sin duda, la discriminación laboral y la vulneración de derechos fundamentales lo son. A este respecto, conforme al artículo 314 del Código Penal, se sanciona la discriminación por origen, sexo, religión u orientación sexual.
Algunos de los casos más graves de estos delitos se enlistan a continuación:
- Negar empleo o ascenso por motivos discriminatorios
- Acoso laboral que vulnere la integridad moral tipificada en el artículo 15 de la Constitución española
- Retaliación por denuncias, también conocido como mobbing o acoso laboral
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ofrece una vía de reclamación civil paralela a la demanda penal. Por tal motivo, las sanciones pueden incluir indemnización económica, además de prisión de 6 meses a 2 años y multa.
Delitos contra la libertad sindical, el derecho de huelga y la seguridad laboral
Según los artículos 315 a 316 bis del Código Penal, se protege la organización colectiva. Por eso, se castiga a cualquiera que vulnere la libertad sindical, el derecho de huelga y la seguridad laboral.
Entonces, se castiga toda coacción para impedir a los trabajadores su afiliación sindical. Por ejemplo, que se hagan despidos masivos por formar un comité.
También se sanciona la violencia o intimidación contra huelguistas. La Ley Orgánica 11/1985 de libertad sindical ampara la huelga, siendo respaldada por la misma Constitución Nacional.
Por último, se aplicarán penas de prisión de 2 a 5 años a cualquiera que ponga en peligro la vida o salud grave de los trabajadores. En tanto, se aplicará la pena máxima cuando el trabajador ha fallecido a razón del delito cometido.
Cabe mencionar que los delitos contra la seguridad laboral incluyen aquellos que omiten medidas de prevención en obras de alto riesgo, conforme a la Ley 31/1995.
Delitos relacionados con la Seguridad Social
La evasión sistemática de cotizaciones es considerada delito puro, ya que vulnera el artículo 307 del Código Penal, que tipifica la defraudación a la Tesorería General de la Seguridad Social. Tal delito supone el incumplimiento de obligaciones fijadas en la Ley General de la Seguridad Social como:
- No ingresar cotizaciones retenidas a trabajadores
- Simular falsos autónomos para eludir aportes
Para estos casos, la ley estipula una pena de prisión que puede ir de 1 a 5 años, cuando se supera una cuantía defraudada de 120.000 €.
¿Cómo denunciar delitos contra los derechos de los trabajadores?
Ante un signo de abuso, es imperativo que actúes rápido, con el fin de obtener justicia y compensación por los daños ocasionados. Para eso, los pasos son los siguientes:
- Presentar denuncia ante la Policía o Guardia Civil, para que se inicie la investigación penal.
- Solicitar una Inspección de Trabajo para que se conozcan las infracciones laborales conforme a la Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección.
- Acudir ante el Juzgado de Guardia o Fiscalía en caso de urgencia.
- Recopilar pruebas claves como nóminas, mensajes, testigos y geolocalizaciones.
Para evitar dilaciones en el proceso y cualquier error que inadmita tu denuncia, es necesario seguir lo estipulado en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Criminal, y la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. Así que lo mejor es pedir asesoramiento y representación de un experto legal en delitos contra los derechos de los trabajadores.
¿Cómo defenderse ante una acusación por estos delitos?
Ahora bien, si eres un empresario que ha sido acusado por delitos contra los derechos de los trabajadores, tu defensa es viable y técnica, respaldada en el principio de presunción de inocencia tipificado en el artículo 24 de la Constitución española, así como en el artículo 417 de la LECrim.
Para salir absuelto de los cargos, es necesario que demuestres:
- Ausencia de dolo: demostrar que se trata de un error excusado o que no tenías conocimiento de lo sucedido.
- Falta de reiteración: las conductas son aisladas, considerándose faltas administrativas.
- Peritaje laboral: presentar informes que acrediten el cumplimiento de obligaciones y procedimientos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.
- Conformidad o atenuantes: ayudan a reducir las penas por vía de negociación.
Entendiendo la complejidad de estos tipos de casos, es necesario contactar a un aliado jurídico que tenga experiencia en delitos contra los derechos de los trabajadores. Seas trabajador o empresario, en Javaloyes Legal estamos preparados para acompañarte y defenderte en todo el proceso judicial.
Analizamos la situación y armamos una estrategia jurídica que proteja tu bienestar legal y los derechos fundamentales laborales.
Con los abogados de Javaloyes Legal hemos visto con frecuencia que los procesos de delitos contra los derechos de los trabajadores logran hacer justicia al aplicar las penas correspondientes.
Sin embargo, hay casos donde también es necesario recurrir a un procedimiento civil que busca restaurar la situación de estos a cómo era antes con una compensación económica. Así que te prometemos obtener también una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
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