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Síntomas de un stent obstruido y signos de alarma
Un especialista puede determinar que hay un stent obstruido cuando, luego de la intervención, hay reducción del flujo sanguíneo. Esto ocurre porque se acumulan los tejidos o coágulos dentro de la malla, llevando a que se produzcan una serie de síntomas y signos de alarma, ya que son bastante parecidos a los de un infarto o angina.
Entre los síntomas que aparecen por obstrucción del stent podemos mencionar:
- Dolor torácico opresivo que irradia al brazo, hombro y cuello. Cabe mencionar que este dolor no es pasajero; más bien persiste durante minutos e incluso horas.
- Dificultad para respirar, incluso en reposo.
- Náuseas y vómitos.
- Palpitaciones rápidas que aceleran el pulso.
- Fatiga extrema que impide realizar hasta las actividades más simples.
Mientras tanto, los signos que hacen evidente que se ha obstruido el stent son:
- Sudor frío que empapa la piel
- Desmayos
- Palidez
- Disnea progresiva que limita hacer caminatas cortas
- Cianosis en labios que indica hipoxemia
- Hipotensión repentina
- Ansiedad aguda por miedo instintivo
De acuerdo a la Ley 41/2002, en sus artículos 4 y 5, los pacientes tienen derecho a recibir información clara sobre las posibles complicaciones y síntomas de un stent obstruido tras la implantación. Por ende, es fundamental hacerle entrega de un consentimiento informado para que lo lea y firme antes de someterse al procedimiento. En caso contrario, se abren vías a reclamaciones por infracción de deberes del profesional de la salud.
Cabe mencionar que dar de alta a un paciente sin hacerle un ecocardiograma de control supone un acto negligente. Asimismo, ignorar síntomas que indican con claridad el riesgo de un infarto conlleva consecuencias catastróficas. Por eso, es importante que escuches tu cuerpo y actúes sin dudar.
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Cuándo la obstrucción de un stent constituye negligencia médica
Es fundamental tener claro que no todo stent obstruido es a causa de una negligencia médica. Por tanto, es importante hacer las investigaciones adecuadas sobre si hubo falla a la lex artis ad hoc, es decir, que las acciones del profesional o el centro de salud fueron en contra de las normas, técnicas y conocimientos aceptados científicamente como el buen hacer.
Un ejemplo claro de negligencia por stent obstruido es la falta de seguimiento ecográfico posimplante. Pero también lo será no recetar de forma correcta y oportuna la doble antiagregación plaquetaria. Con todo esto, dar de alta hospitalaria al paciente sin un plan de vigilancia o ignorando los síntomas de alarma será motivo para imponer una responsabilidad por negligencia, según el artículo 1902 del Código Civil.
Ahora bien, en los casos en los que la negligencia por stent obstruido fue cometida en la sanidad pública, la responsabilidad será patrimonial por funcionamiento anormal del servicio (artículo 106 de la Constitución española y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).
Mientras tanto, si el caso se originó en la sanidad privada, se aplica una responsabilidad contractual o extracontractual, según lo estipulado en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, específicamente en los artículos 249 y siguientes.
Si la negligencia por stent obstruido ha causado lesiones graves o, en el peor de los casos, la muerte, el caso podría encuadrar como imprudencia grave, según lo tipificado en los artículos 142 a 152 del Código Penal.
En la Ley 41/2002 se refuerza la infracción de negligencia de un profesional o centro de salud que no cuente con una historia clínica completa. De hecho, en nuestra experiencia, en estos casos hemos visto sentencias millonarias por estos tipos de fallos.
Por supuesto, el daño debe probarse, así como el nexo causal con la negligencia médica. A este respecto se analiza si las actuaciones han seguido los protocolos de la Sociedad Española de Cardiología, si el stent obstruido se vincula con la falta de cuidado y si el daño es cuantificable.
Daños y secuelas derivadas de la obstrucción del stent
La obstrucción de un stent deja huellas permanentes. Y es que el riesgo de sufrir un infarto agudo es bastante alto y, de ocurrir, causa daños irreversibles al miocardio. Además, esto puede provocar insuficiencia cardíaca congestiva, con edema pulmonar crónico.
En cuanto a las secuelas físicas, es común sufrir de arritmias ventriculares, aneurismas e isquemia crónica. Con esto, las expectativas de vida del paciente se reducen de 5 a 10 años, llegando incluso a depender de otros para realizar tareas diarias.
Otros daños que puede ocasionar la negligencia por stent obstruido son de tipo económico, al tener gastos farmacéuticos, de rehabilitación, cuidadores que no se esperan después de la cirugía. Además de tener que incapacitarse, sea de forma total o absoluta, perdiendo salarios y demás remuneraciones, en tanto que las facturas se acumulan.
Por último, no pueden faltar los daños morales, como familias rotas por estrés emocional, miedo constante a recaídas, ansiedad postraumática y depresión.
¿Cómo iniciar una reclamación por negligencia?
La Ley 40/2015 exige una indemnización íntegra que incluye intereses de demora desde la reclamación. Mientras tanto, la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios, estableciendo un baremo orientador para cuantificar las secuelas y días de baja. Con esto, se puede calcular una indemnización exacta para cada caso en concreto.
El cálculo de indemnización cambia según el caso, ya que la edad y profesión del paciente también repercuten en la cuantía de la indemnización. Por ejemplo, se considera que un trabajador activo pierde más, por lo que su indemnización debe ser más alta.
La reclamación por negligencia médica de un stent obstruido comienza con la documentación de todo lo sucedido. Para eso, lo primero que hay que buscar es la historia clínica completa, incluyendo informes, pruebas y el consentimiento, en el caso de que lo hubiere.
Si la reclamación es administrativa, se presentará ante el servicio autónomo de salud en un plazo de 6 a 9 meses. En caso de denegación o silencio administrativo, tendrás la oportunidad de demandar ante los tribunales contencioso-administrativos, en un plazo de 1 año desde el conocimiento del daño para entidades públicas y 5 años si fue en un centro privado.
Sin duda, esto puede ser estresante y complicado; por eso, es necesario que pidas asesoría y representación legal de Javaloyes Legal. Contamos con profesionales que te guiarán por el camino correcto para recibir indemnización y restablecimiento de tu bienestar después de un stent obstruido.
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