¿Qué hay que hacer después de la declaración de herederos?

Herencias

¿Te enfrentas a los trámites tras la pérdida de un familiar y te preguntas qué hay que hacer después de la declaración de herederos? Es una situación más normal de lo que parece y, en medio del duelo, surgen dudas que pueden generar inquietud.

Saber cuáles son los siguientes pasos no solo evita problemas legales; también te proporciona calma en un momento delicado en el que tomar decisiones claras es vital.

Persona mayor firmando documento tras declaración de herederos, paso previo al reparto de la herencia legal.

Qué es la declaración de herederos y para qué sirve

La declaración de herederos es un trámite que sirve para determinar quiénes son los herederos legales cuando una persona fallece sin testamento.. Normalmente se realiza ante notario, aunque se puede acudir a la vía judicial si hay desacuerdos. En estos casos, es la ley la que determina quiénes son los llamados a la sucesión y sus derechos hereditarios.

Este procedimiento se recoge principalmente en la Ley del Notariado, en el artículo 55 y siguientes, que desarrollan el acta de declaración de herederos abintestato en sede notarial. También es importante la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, que amplía el ámbito de aplicación, y el Código Civil, que fija el orden de llamamiento y las cuotas hereditarias.

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¿Después de la declaración de herederos qué hay que hacer?

Tras completar la declaración de herederos, es habitual sentirse algo perdido ante los pasos que vienen después. A partir de este momento, comienzan una serie de trámites necesarios para gestionar y repartir correctamente la herencia. Esto es clave para evitar errores, ahorrar tiempo y tomar decisiones con mayor seguridad en un momento que ya de por sí puede resultar complejo.

  • Inventario y valoración. Se elabora una relación completa de los bienes, derechos y deudas del fallecido. Por ejemplo, la vivienda, las cuentas bancarias o joyas, y se les asigna un valor económico.
  • Aceptación o renuncia de la herencia. Los herederos deciden si aceptan la herencia o si la rechazan. Los herederos deben decidir si aceptan o renuncian a la herencia, ya que la aceptación no puede hacerse parcialmente ni sometida a condiciones.
  • Partición y adjudicación. Se reparten los bienes entre los herederos conforme a lo que les corresponda. Puede hacerse de mutuo acuerdo o, en caso de conflicto, mediante un procedimiento judicial.
  • Pago de impuestos. Se liquidan los tributos correspondientes, principalmente el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la plusvalía municipal.
  • Inscripción y disposición de los bienes. Los bienes se inscriben a nombre de los herederos en los registros correspondientes o se procede a su venta si así se decide.

Documentación necesaria tras la declaración de herederos

El primer paso es clave y consiste en reunir la documentación necesaria antes de iniciar la declaración de herederos. Tener claro qué te van a pedir te permitirá afrontar este proceso con más tranquilidad y organización. A continuación, te mostramos qué se necesita:

  • Documento de identidad del fallecido, si se dispone de él, y documentación acreditativa de su último domicilio.
  • Certificado de defunción. Documento oficial que acredita el fallecimiento. Puede obtenerse en el Registro Civil o a través del Ministerio de Justicia.
  • Certificado de Actos de Última Voluntad. Sirve para saber si el fallecido dejó testamento y es necesario para iniciar el trámite.
  • Libro de Familia. Permite acreditar la relación de parentesco. En su defecto, pueden presentar los certificados de nacimiento y matrimonio.

Aceptación y reparto de la herencia: pasos a seguir

Aquí es donde la herencia se materializa. Una vez identificado el patrimonio y su valor, llega el momento de organizarlo, repartirlo entre los herederos y hacer el registro de los bienes.

  • Cuaderno particional. Es el documento donde se detalla qué bienes recibe cada heredero. Puede formalizarse en documento privado o incorporarse a escritura pública cuando la herencia se otorgue ante notario.
  • Escritura de aceptación y adjudicación. Se firma normalmente ante notario. En este acto, los herederos aceptan formalmente la herencia y se les adjudican los bienes que les corresponden.
  • Pago de la plusvalía municipal. Si la herencia incluye inmuebles urbanos y se produce el hecho imponible, deberá presentarse la correspondiente autoliquidación o declaración ante el ayuntamiento competente.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad. Permite que los inmuebles queden registrados oficialmente a nombre de los herederos.
  • Cambio de titularidad de los bienes y cuentas. Se puede cambiar la titularidad de los vehículos en la DGT y repartir el dinero de los bancos una vez se disponga de la documentación y se paguen los impuestos.
Ana Feijóo Santiago, abogada experta en derecho inmobiliario, mercantil y tributario, con más de 20 años de experiencia.

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Inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad

Inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad es fundamental para que la herencia tenga efectos legales frente a terceros. Aunque el heredero adquiere la propiedad desde el fallecimiento del causante, la inscripción registral facilita la acreditación de su titularidad y resulta imprescindible en la práctica para muchas operaciones posteriores.

Para ello, es necesario presentar el título sucesorio (testamento o declaración de herederos) y la escritura de aceptación y el reparto de la herencia. Además, se debe aportar el justificante de haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones junto con la documentación del inmueble.

Plazos tras la declaración de herederos

Es importante tener en cuenta los plazos legales y trámites fiscales que deben cumplirse en tiempo y forma. Estos pasos son clave para poder aceptar, repartir la herencia y regularizar la situación sin problemas posteriores.

  • 20 días hábiles. Tras el inicio del acta en notaría, este es el plazo de espera en el que se comprueba si existen otros posibles herederos antes de cerrar la declaración.
  • 6 meses desde el fallecimiento. Es el plazo general para presentar el Impuesto sobre Sucesiones. La plusvalía municipal está sujeta a sus propios plazos de presentación conforme a la normativa tributaria local.
  • Prórroga de 6 meses. Puede solicitarse una prórroga de otros seis meses dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento.
  • Firma de aceptación y partición. Una vez finalizada la declaración, se puede formalizar en notaría la aceptación de la herencia y el reparto de los bienes entre los herederos.

Qué ocurre si no se realiza el reparto de la herencia

Si no se llega a realizar el reparto de la herencia, la situación puede complicarse con el tiempo. En estos casos, los bienes siguen siendo propiedad conjunta de todos los herederos sin la adjudicación concreta. Esto implica varias consecuencias:

  • Bloqueo de los bienes. No se pueden vender, repartir o disponer libremente de ellos sin un acuerdo entre todos los herederos.
  • Dificultad de gestión. Para alquilar, mantener o vender un inmueble hace falta el acuerdo de todos los herederos.
  • Conflictos entre los herederos. La falta de acuerdo puede causar conflictos largos o incluso llegar a un juicio para dividir la herencia.
  • Posibles costes adicionales. El retraso puede generar gastos de mantenimiento, impuestos o pérdida del valor de los bienes.

Es decir, mientras no se realice la partición, los bienes permanecen en situación de comunidad hereditaria («herencia bloqueada», en términos coloquiales) y determinadas decisiones requerirán el acuerdo de todos los herederos o, en su defecto, la intervención judicial.

¿Dudas legales?

No afrontes tu problema solo. Reúnete con un abogado para analizar tu caso a fondo. Saldrás de la reunión con tus dudas resueltas, conociendo tus derechos y con un informe escrito detallando los pasos exactos que debes dar.

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