Agente comercial gana batalla judicial a la Seguridad Social

21 feb Agente comercial gana batalla judicial a la Seguridad Social

Obtiene una pensión vitalicia mensual de 2.200 euros más 36.000 euros por atrasos.

En el presente caso, la Seguridad Social en el año 2016 declaró que no existía enfermedad incapacitante para el ejercicio de la profesión de agente comercial. Dicho agente comercial padecía, y sigue padeciendo, una enfermedad genética que ha derivado en una patología pulmonar, lo que merma notablemente la capacidad respiratoria. Pese a ello, el Juzgado de lo Social acordó, en primera instancia, desestimar la reclamación de incapacidad, al entender que la actividad de agente comercial se podía desarrollar con normalidad.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en Sentencia de la Sala de lo Social de 16 de febrero de 2018 acaba de estimar el recurso interpuesto por el cliente de Javaloyes Legal contra la Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid que acordó desestimar la solicitud de declaración de incapacidad.

Es cierto, señala la Sentencia, que el oficio de Agente comercial no exige la aportación de grandes esfuerzos, pero sí requiere, añade, una actividad física intensa y constante debido a que las visitas a los clientes constituyen su cometido esencial, con los desplazamientos continuos que ello entraña.

Hay que tener en cuenta las particularidades que presenta el recurso de suplicación, sometido a una técnica jurídica muy concreta, que limita en gran medida las posibilidades de revisión de la prueba practicada ante el Juzgado de lo social.

En este caso ha prosperado el motivo del recurso relativo a la censura jurídica respecto de las valoraciones que el Juzgado hizo en cuanto a las consecuencias de los padecimientos de mi cliente en orden a no declarar ningún tipo de incapacidad.

Fe Quiñones
Abogada Laboralista
Asociada Javaloyes Legal