La reforma del Código Penal (LO 1/2015) establece como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica, la existencia de un programa de prevención de delitos o “compliance penal”, que dé lugar a una reducción sustancial del riesgo de comisión de delitos por parte de la persona jurídica.
La actualidad mercantil, laboral, contractual y societaria de las empresas trae consigo el que estas puedan verse implicadas en procesos penales con resultados nefastos para las mismas, tales como cuantiosas multas dinerarias e incluso el cierre de las propias mercantiles.
Las empresas van a responder por los delitos que cometan sus administradores, directivos o empleados a no ser que adopten medidas preventivas para evitar la comisión de tales delitos e implementen medidas idóneas y eficaces de supervisión y control.
Nuestro despacho cuenta con un Departamento especializado en la implantación de sistemas de prevención y detección. Nuestra labor incluye:
- Un modelo de control, prevención y reacción penal de la empresa, de sus directivos y de sus empleados. Una parte esencial en la implementación de un modelo de Compliance es la definición de un protocolo de toma de decisiones que garantice que las mismas se tomen de un modo ético y transparente, tanto por los dirigentes como por los empleados.
- Un mapa de riesgos de comisión de delitos en función de las distintas áreas o departamentos de la empresa.
- Nombramiento de un responsable de Compliance o un Comité de Compliance (en función del tamaño de la empresa), garantizando su independencia y dotándolo de mecanismos de control descentralizados.
- Definición de un modelo de gestión de los recursos financieros de una compañía aplicado al Compliance. Debe de resultar adecuado para impedir la comisión de los delitos identificados en el mapa de riesgos.
- Creación de canales o medios internos de denuncia de delitos.
- Establecimiento de un sistema disciplinario eficaz y suficiente.
- Redacción de un código ético que establezca las bases de comportamiento de la empresa, como la integridad, la prohibición de corrupción, tráfico de influencias e infracciones de propiedad intelectual, etc.
Llámenos y le ampliaremos información sin ningún tipo de compromiso.